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Reporte de programa de cumplimiento

Reporte avance — PdC D-127-2019 · COMPLEJO TERMOELECTRICO VENTANAS

Expediente: D-127-2019 →
Fecha resolución: 24-12-2021
Fecha término: 12-04-2023
Estado PdC: En Curso
Frecuencia reporte: Trimestral
Tipo PdC: Guía PdC 2018
Comuna / Región: Puchuncaví — Región de Valparaíso

Acciones 9

N° Hecho
N° Acción
Implementación comprometida
Cumplimiento
1
Implementación de restricción operacional en el Sistema de Control Distribuido (DCS) de las Unidades 3 y 4 del CTV, que asegure que no se superarán los límites diarios de potencia bruta de generación autorizados, correspondientes respectivamente a 267 MW y 270 MW.
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Para efectos de dar cuenta de la implementación de la restricción operacional en el DCS de las Unidades 3 y 4 del CTV, se acompaña planilla que contiene el consolidado de los registros de potencia bruta diario y potencia bruta promedio diario de las unidades, del periodo comprendido entre el 20 de mayo de 2021 al 25 de marzo de 2023, informados al Coordinador Eléctrico Nacional. De igual modo, se acompaña un informe del estado de implementación de la acción que presenta la actual interfaz de los respectivos DCS en donde se aprecia la vigencia del algoritmo en cuestión. Por tanto, en base al análisis de los antecedentes señalados, es posible verificar el cumplimiento de la actividad comprometida para el período evaluado, dentro del plazo y forma establecido en el PdC.
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3
Realización de capacitaciones al personal a cargo de la Sala de Control del CTV, con el objetivo principal de entregar el mensaje que las Unidades 3 y 4 no pueden exceder el límite diario de potencia bruta de generación autorizado de 267 MW y 270 MW, respectivamente, y adicionalmente sobre el contenido del procedimiento a que se refiere la acción 2 del PdC.
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La capacitación semestral al personal a cargo de la Sala de Control del CTV, se llevó a cabo durante el mes de diciembre de 2022, según se dio cuenta en el cuarto reporte de avance del PdC. En tanto, dada su periodicidad semestral, no corresponde acompañar medio verificador alguno respecto del presente periodo. Por tanto, es posible verificar el cumplimiento de la actividad comprometida para el período evaluado, dentro del plazo y forma establecido en el PdC.
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6
Implementación de la actualización del PO, aprobada por la SEREMI del Medio Ambiente de la Región de Valparaíso mediante Resolución N° 13 de 23 de julio de 2020.
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Durante el periodo comprendido entre el 30 de junio y el 10 de agosto de 2022 se implementó la actualización del Plan Operacional (PO), aprobada por la SEREMI del Medio Ambiente de la Región de Valparaíso mediante Resolución Exenta N° 13, de 23 de julio de 20202, toda vez que se realizaron las reducciones de emisiones en conformidad a lo dispuesto en dicho instrumento. En tanto, a partir del 11 de agosto de 2022, se han implementado las acciones de la reciente actualización del PO, que fue aprobado por la SEREMI del Medio Ambiente de la Región de Valparaíso, mediante Resolución Exenta N° 20, de 11 de agosto de 2022, el que, entre otras acciones, considera íntegramente aquellas que contenía el PO aprobado mediante Resolución Exenta N° 13, de 23 de julio de 2020. Copia de dicha aprobación fue acompañada en el tercer reporte de avance del PdC. Adicionalmente, se hace presente que, en relación a esta última actualización del PO, con fecha 19 de agosto de 2022, se dedujo un recurso de reposición para enmendar acciones incorporadas de oficio por la SEREMI del Medio Ambiente de la Región de Valparaíso, en la Resolución Exenta N° 20, de 11 de agosto de 2022, cuya copia se acompañó en el tercer reporte de avance del PdC. Se hace presente que el recurso se encuentra actualmente en tramitación y pendiente de resolución. Por otra parte, en este reporte se acompaña copia de la presentación ingresada ante la SMA con fecha 30 de marzo de 2023, en virtud de la cual se hicieron presente una serie de consideraciones respecto del Acta de Inspección Ambiental de 16 de marzo de 2023,que da cuenta de la actividad de fiscalización realizada al CTV para efectos de verificar la implementación del PO aprobado por la SEREMI del Medio Ambiente de la Región de Valparaíso mediante Resolución Exenta N° 20, de 11 de agosto de 2022. Ahora bien, considerando que el medio verificador que da cuenta de la implementación de la presente acción del PdC ya se encuentra en poder de esta Superintendencia3, al corresponder a la copia de los reportes efectuados en conformidad a lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 589 de 30 de abril de 2019 de la SMA, a través del Servidor de Archivos SeaFile, y que el SPDC presenta limitaciones con la carga de archivos que superan el peso máximo de 20 MB, en esta oportunidad, se presentan los respectivos antecedentes mediante el siguiente link de acceso a una plataforma de Aes Andes S.A. Link: Acción 06 Se hace presente, que para el acceso de esta Superintendencia se ha habilitado el link en comento a los siguientes correos electrónicos: [email protected], [email protected] y [email protected] De igual modo, en el link a dicha plataforma se han incorporado los antecedentes complementarios requeridos por esta Superintendencia como medios de verificación, de acuerdo a la corrección de oficio efectuada mediante la Resolución Exenta N° 10, de 24 de diciembre de 2021 que aprobó el PdC, correspondientes a: i) Registro de las bitácoras operacionales, incluyendo el encendido y apagado de caldera; ii) Registro, en formato Excel, de emisiones obtenidas de los CEMS de las unidades generadoras durante el periodo de determinación de condición base y también durante el periodo específico de implementación del PO, según consta en el estado UGE del informe trimestral entregado a la autoridad en cumplimiento del D.S. N° 13. iii) Informes de reducción de emisiones de SO2 y MP, con referencia a los archivos de respaldo que permitan verificar el cumplimiento de las acciones comprometidas en el Plan Operacional y las respectivas notas asociadas a eventuales excepciones. Se hace presente que cada vez que se aplica el PO, ello se reporta en el SeaFile, en particular en el archivo VENT-MA-P-09-F1 se referencian los datos de i) concentración, ii) generación, iii) posición damper bypass, iv) cal entrada al hidratador y v) flujo de lechada de cal, y se acompañan los documentos que sirven de respaldo.
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7
Realización de capacitaciones semestrales a los Jefes de Turno y Operadores de Sala de Control del CTV sobre el contenido del PO aprobado por la SEREMI del Medio Ambiente de la Región de Valparaíso mediante Resolución N° 13 de 23 de julio de 2020.
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La capacitación semestral a los Jefes de Turno y Operadores de Sala de Control del CTV se llevó a cabo durante el mes de diciembre de 2022, según se dio cuenta en el cuarto reporte de avance del PdC. En tanto, dada su periodicidad semestral, no corresponde acompañar medio verificador alguno respecto del presente periodo. Por tanto, es posible verificar el cumplimiento de la actividad comprometida para el período evaluado, dentro del plazo y forma establecido en el PdC.
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9
Incremento en la frecuencia de retiro de lodos desde la planta de tratamiento de Riles de las Unidades 1 y 2 del CTV.
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Dentro del periodo a informar, comprendido entre los meses de diciembre de 2022 y febrero de 2023, se incrementó la frecuencia de retiro de lodos desde la planta de tratamiento de Riles de las Unidades 1 y 2 del CTV, trasladando estos mensualmente al Depósito de Cenizas del Complejo Termoeléctrico Ventanas (El Pangue), autorizado por la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso mediante Resolución Exenta N° 57, de 12 de abril de 2011. Para evidenciar el retiro mensual, se acompaña Informe Trimestral de Ejecución de la actividad, elaborado por el Departamento de Medio Ambiente del CTV, que incluye los registros y comprobantes disponibles a la fecha. En tanto, las autorizaciones del transportista contratado y del Depósito El Pangue fueron acompañadas en los informes trimestrales de ejecución anteriormente reportados. Finalmente se acompañan también los estados de pago del periodo como comprobantes de los costos incurridos en las actividades de retiro de lodos. Por tanto, en base al análisis de los antecedentes señalados, es posible verificar el cumplimiento de la actividad comprometida para el período evaluado, dentro del plazo y forma establecido en el PdC.
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10
Incremento en la frecuencia de retiro de lodos desde la planta de tratamiento de Riles de la Unidad 3 del CTV.
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De acuerdo al Informe Trimestral de Ejecución de la actividad, elaborado por el Departamento de Medio Ambiente del CTV, la actividad de retiro de lodos desde la planta de tratamiento de Riles de la Unidad 3 del CTV a la planta de tratamiento de Hidronor Chile S.A. ubicada en la comuna de Pudahuel, Región Metropolitana, se encuentra programada para el 31 de marzo de 2023. En consecuencia, los respectivos registros del periodo comprendido entre enero y marzo de 2023, como los comprobantes de los costos incurridos, se presentarán en el próximo reporte de avance. Por tanto, en base al análisis de los antecedentes señalados, es posible verificar el cumplimiento de la actividad comprometida para el período evaluado, dentro del plazo y forma establecido en el PdC.
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11
Monitoreo sincrónico del agua de mar de la captación de las Unidades 1, 2, 3 y 4 del CTV, con el monitoreo de la descarga.
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Dentro del periodo a informar, comprendido entre los meses de enero y marzo de 2023, AGQ Laboratorios ejecutó el monitoreo sincrónico del agua de mar en las aducciones y descargas del CTV, comprobando el cumplimiento de los límites máximos de Selenio y Molibdeno establecidos en el D.S. N° 90/2000. Para acreditar lo indicado, se acompañan los informes de análisis emitidos por la ETFA para dichos parámetros. De igual modo, se adjunta planilla resumen del periodo comprendido entre enero de 2022 y marzo de 2023, que incluye la mención a las fechas de los monitoreos y la ETFA que los realizó. También se acompañan como comprobantes de los costos asociados a las actividades de monitoreo los respectivos estados de pago del periodo informado. Por tanto, en base al análisis de los antecedentes señalados, es posible verificar la ejecución de la actividad comprometida, para el período evaluado, en el PdC.
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15
Ejecución de medidas en el CTV para dar cumplimiento a los niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos (Npc) establecidos en el D.S. N° 38/2011.
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Como bien se informó en el Informe de Avance de Ejecución de la Acción 15, presentado en el tercer reporte de avance del PdC, las fases de mitigación de ruido comprometidas se encuentran íntegramente implementadas al interior del Complejo Termoeléctrico Ventanas por parte de la empresa de ingeniería Innova Global SpA, dentro del plazo de 14 meses previsto en el cronograma de ejecución de las medidas, presentado en el Anexo 15 del PdC.A continuación, se indican las fechas efectivas de culminación de las respectivas fases: - Fase 1 termino el 01-07-2022 - Fase 2 termino el 28-07-2022 - Fase 3 termino el 24-08-2022 - Fase 4 termino el 26-08-2022 Luego, para efectos de dar cuenta de las reducciones de ruido esperadas para cada una de las fases implementadas, y con ello del cumplimiento de los niveles de presión sonora comprometidos en el Anexo 15 del PdC, la ETFA Fisam inspeccionó periódicamente su ejecución, realizando mediciones asociadas a cada una de las fases, según el siguiente detalle: - Fase 1 se verificó el 02-08-2022 (código CO-II-11) - Fase 2 se verificó el 30-08-2022 (código CO-II-12) - Fase 3 se verificó el 14 y 15 -12-2022 (código CO-II-13) - Fase 4 se verificó el 05-01-2023 (código CO-II-14). Finalmente, para efectos de comprobar el cumplimiento del D.S. N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente (MMA), además de la medición realizada el 05-01-2023 (código CO-II-14) ya señalada, la empresa Innova Global SpA preparó un Estudio de Ruido, en el cual se concluye que, a partir de la implementación de las medidas de mitigación acústica específicas, de rigurosas mediciones en terreno con equipamiento especializado y del levantamiento de un detallado modelo de propagación sonora, se cumplió con la atenuación sonora comprometida en el PdC, lo que a su vez, permitió cumplir con los límites máximos permitidos de ruido establecidos en el D.S. N°38/2011 del MMA. Por tanto, en base al análisis de los antecedentes señalados, es posible verificar el termino y el cumplimiento de la actividad comprometida para el período evaluado, dentro del plazo y forma establecido en el PdC.
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16
Informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, los reportes y medios de verificación que acrediten la ejecución de las acciones comprendidas en el Programa de Cumplimiento a través de los sistemas digitales que la SMA disponga al efecto para implementar el SPDC y de conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N°166/2018 de la Superintendencia.
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Con fecha 30 de diciembre de 2022 se procedió a cargar en el Sistema de Seguimiento de Programas de Cumplimiento (SPDC), que administra esta Superintendencia, el cuarto reporte de avance del PdC. Lo anterior, según consta del comprobante del SPDC que se acompaña a esta presentación. Por tanto, en base al análisis del antecedente señalado, es posible verificar el cumplimiento de la actividad comprometida para el período evaluado, dentro del plazo y forma establecido en el PdC.
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Reportes del PdC 16

Tipo de reporte: Avance
Fecha de envío: 30-03-2023
Comprobante de envío: Descargar
Medios de verificación: Descargar
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Estado
Fecha envío
Detalle
1
Enviado
19-01-2022
2
Enviado
30-03-2022
3
Enviado
30-06-2022
4
Enviado
30-09-2022
5
Enviado
30-12-2022
6
Enviado
30-03-2023
— actual
7
Enviado
30-06-2023
8
Enviado
29-09-2023
9
Enviado
23-12-2023
10
Enviado
30-03-2024
11
Enviado
28-06-2024
12
Enviado
30-09-2024
13
Enviado
22-12-2024
14
Enviado
28-03-2025
15
Enviado
30-06-2025
16
Enviado
09-09-2025

Sancionatorios asociados 1

Rol
Fecha formulación de cargo
Estado
Detalle
D-127-2019
01-10-2019
Programa de Cumplimiento en ejecución
1 elementos seleccionados