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Reporte de programa de cumplimiento

Reporte avance — PdC F-041-2016 · SQM SALAR ATACAMA

Expediente: F-041-2016 →
Fecha resolución: 07-01-2019
Fecha término: 11-08-2020
Estado PdC: En Curso
Frecuencia reporte: Trimestral
Tipo PdC: Guía PdC 2018
Unidad fiscalizable: SQM SALAR ATACAMA
Comuna / Región: San Pedro de Atacama — Región de Antofagasta

Acciones 41

N° Hecho
N° Acción
Implementación comprometida
Cumplimiento
3
Aplicar la Regla Operacional de Extracción Neta Anual de Salmuera, de acuerdo a valores de conversión señalados en la Tabla 2 del Considerando 8.3.7 de la RCA N° 226/2006 y sin considerar la infiltración en las pozas de evaporación.
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Durante el actual periodo de reporte de la Acción N°3 (segundo trimestre 2024), se ha aplicado la Regla Operacional de Extracción Neta Anual de Salmuera, conforme al “Procedimiento de Extracción Neta Anual de Salmuera Permanente”, elaborado de acuerdo con los criterios establecidos en la RCA 226/2006, y actualizado por última vez en septiembre de 2021. En el documento “3.1 Reporte de extracción neta de salmuera acumulada al segundo trimestre de 2024”, que se acompaña a la presente minuta, se constata la aplicación de la regla operacional de extracción neta anual de salmuera, presentándose los valores diarios de volumen de extracción neta y volumen de reinyección de salmuera, utilizado el valor de conversión de 1 l/s, equivalente a 31.104 m3/año, y sin considerar la infiltración en las pozas de evaporación. Así, es posible evidenciar que desde el 13 de agosto 2023 (correspondiente a la fecha de inicio del año ambiental 2023-2024) hasta el 30 de junio de 2024, la extracción neta acumulada corresponde a 1.035,81 l/s, equivalente al 88,8% del volumen máximo establecido en la Regla Operacional considerando la activación de fase II del sistema Peine, a partir del día 26 de junio de 2024. Dicha activación de Fase modificó el valor límite para el año ambiental 2023-2024, pasando de 1.187,96 l/s a 1.166,72 l/s. Lo anterior, conforme al Procedimiento de Extracción Neta Anual de Salmuera Permanente y según lo comprometido en la Acción N°8 del PdC, la cual establece máximos de extracción por debajo de lo autorizado en la RCA 226/2006 (1.600 l/s).
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4
Capacitación a los operadores y responsables de la extracción y reinyección, respecto del procedimiento actualizado de extracción neta anual y de los procedimientos transitorios de extracción neta, definidos en las Acciones 1, 3, y 8 del presente PdC, respectivamente.
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En concordancia con lo comprometido en la Acción N°4, en el presente reporte de avance corresponde dar cuenta de la realización de capacitaciones a los operadores y responsables de la extracción y reinyección de Salmuera, con una frecuencia semestral, relativas al Procedimiento de Extracción Neta Anual de Salmuera actualizado a septiembre de 2021. En virtud de lo anterior, cabe señalar que, durante el reporte N°7 se informó de las capacitaciones efectuadas, correspondientes al primer semestre de 2024, al personal involucrado en la operación de extracción y reinyección de salmuera. Dichas capacitaciones se realizaron los días 29 de abril y 06 de mayo de 2024, a través de la plataforma “Zoom”, con exposición en vivo de la “Regla Operacional Permanente”. Asimismo, se llevaron a cabo capacitaciones de forma asincrónica de la Regla Operacional Permanente, asociada al “Procedimiento Actualizado de Extracción Neta Anual de Salmuera”, por medio de la plataforma “SQM Aprende”, esta capacitación principalmente para la participación de quienes no pudieron asistir a las charlas de capacitación sincrónica en las fechas 29 de abril y 06 de mayo del 2024, en este Reporte de Avance N°8 se evidencian los certificados del curso y se indica mediante listado de asistencia, la participación vía SQM Aprende de las personas pendientes en el Reporte de Avance N°7. Finalmente, se agrega un listado del personal considerado para realizar la capacitación de la “Regla Operacional Permanente”, durante el segundo semestre del año 2024.
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5
Aumentar la frecuencia de monitoreo de indicadores de estado de Planes de Contingencia y del sector Peine.
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En concordancia con lo comprometido en la Acción N°5, en el presente reporte de avance, correspondiente al periodo comprendido entre el 16 de mayo de 2024 y el 31 de julio de 2024, se ejecutaron monitoreos diarios en todos los indicadores de estado de los Planes de Contingencia de los sistemas Soncor, Aguas de Quelana, Vegetación Borde Este y sector Peine, a excepción de los indicadores ubicados dentro de la Reserva Nacional Los Flamencos. Estos últimos fueron monitoreados conforme a lo establecido en la resolución Nº56 de junio de 2019 de CONAF, teniendo en consideración situaciones de restricción de acceso a los sitios de monitoreos comprometidos, cuyos principales motivos están asociados a que éstos se encuentran en áreas con acceso restringido, ya sea por estar inscritas en la Reserva Nacional, como por estar controladas por comunidades. Por otra parte, se informa del registro de activación y desactivación de los umbrales establecidos para los distintos indicadores asociados al Plan de Contingencia durante el periodo a reportar (tanto de fase I, como de fase II), registrándose 2 activaciones y 4 desactivaciones de fase, verificándose la adopción de las medidas de control establecidas en la RCA 226/2006. Dichas situaciones se acreditan debidamente y se constata a través de los verificadores de la presente acción.
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6
Implementar y operar un sistema de monitoreo en línea para la extracción de salmuera y agua industrial.
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La Acción N°6 considera la implementación y operación de un sistema de monitoreo en línea para la extracción de salmuera y agua industrial. En concordancia con lo requerido en esta acción, durante el periodo objeto del presente reporte se ha dado continuidad a la operación del sistema de monitoreo y reporte en línea de la extracción de salmuera y agua industrial a la SMA, vía API, conforme a la frecuencia y modalidad comprometida en el PdC. Para asegurar la operatividad de este sistema, durante el periodo comprendido entre la segunda quincena de mayo y la segunda quincena de julio de 2024, se han realizado inspecciones quincenales a los flujómetros de puntos de control ambiental (PCA) para extracción de salmuera y agua industrial. Asimismo, se han realizado mantenciones a los sistemas de monitoreo de extracción de salmuera (25), consignándose los trabajos realizados, de acuerdo con lo comprometido en el PdC, en adición al registro de los 36 incidentes evidenciados en el periodo, que configuran impedimentos puntuales y temporales para la operación del sistema de monitoreo en línea. Cabe señalar que la mantención de los dispositivos que componen el sistema de monitoreo de extracción de salmuera se realiza de manera sistemática según sean los requerimientos de mantención, y la mantención de los pozos de extracción de agua se realiza cada dos años, cuando vence el certificado de calibración del flujómetro, o en caso de que ocurra alguna falla específica en el equipo.
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7
Poner a disposición de la comunidad información actualizada de extracción de salmuera y agua industrial y seguimiento biótico e hidrogeológico mediante un sitio web de libre acceso público.
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Durante el presente periodo a reportar, la plataforma web ha presentado los resultados de extracción de salmuera y agua industrial, así como los monitoreos hidrogeológicos y bióticos, pudiéndose acceder públicamente a ella a través de la página web http://www.sqmsenlinea.com. En el presente reporte de avance se incluye la minuta que detalla el estado de actualización de los datos correspondientes a cada una de las variables y parámetros considerados en la Acción N°7, que se encuentran publicados en el sitio web durante el periodo informado (mayo, junio y julio 2024). Además, se proporcionan métricas y gráficas que muestran los flujos de visitas recibidos en la página web, lo que demuestra su operatividad. Junto con lo anterior, cabe indicar que se reportan datos de marzo del 2024 que quedaron pendientes de ser informado en el reporte de avance N°7. De esta forma, es posible evidenciar en la página web, que los datos de caudales de extracción de salmuera y agua industrial están actualizados al día 31 de julio de 2024. Asimismo, se observa que los informes del Plan de Seguimiento Ambiental Biótico se encuentran cargados hasta su versión N°17 y para el caso del Plan de Seguimiento Hidrogeológico en su versión N°34, es decir, hasta las últimas versiones disponibles en el Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA, tal como fue informado en el Reporte de avance N°7.
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8
Reducir progresivamente el caudal máximo de extracción de salmuera autorizado.
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En concordancia con lo requerido en la presente acción, a partir de noviembre del año 2020, mediante la implementación del “Procedimiento de Extracción Neta Anual de Salmuera Permanente Salar de Atacama”, se ha reducido progresivamente el caudal deextracción de salmuera, respecto al promedio máximo anual autorizado en la RCA 226/2006. El trimestre objeto del presente reporte comprende el periodo 01 de mayo al 31 de julio de 2024. En conformidad con el Procedimiento, el límite de extracción de salmuera para el periodo 2023-2024 (comprendido entre el 13 de agosto de 2023 y el 12 de agosto de 2024) es de 1.187,96 l/s como valor promedio máximo anual. No obstante, lo anterior, con motivo de la activación de la fase II del sistema Peine a partir del día 26 de junio de 2024, el valor límite para el año ambiental 2023-2024, se reduce alcanzando los 1.166,72 l/s. Según los registros disponibles, para el periodo acumulado comprendido entre el 13 de agosto de 2023 hasta el 31 de julio de 2024, el caudal promedio de extracción neta acumulada de salmuera es de 1.123,25 l/s, cumpliendo a la fecha con el límite de extracción establecido para el año ambiental en curso.
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9
Limitar el caudal de bombeo de agua industrial autorizado.
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Durante el presente periodo a reportar, comprendido entre el 01 de mayo y el 31 de julio de 2024, se han registrado los datos de extracción de agua industrial,, este registro en formato Excel, da cuenta de los caudales bombeados desde los pozos de agua industrial, denominados: Mullay-1, Allana-1, Camar-2, Socaire-5 y CA-2015, permitiendo verificar que, en concordancia con lo establecido en la presente Acción N°9, la extracción total mensual realizada desde dichos pozos no exceda los 120 l/s en el periodo. Considerando lo establecido en el PdC, la entrega del consolidado de datos mensuales de extracción de agua industrial en formato Excel es de carácter semestral, por lo tanto, en el presente reporte de avance N°8 se acompaña la información asociada al primer semestre de 2024, mientras que los datos correspondientes al segundo semestre de 2024 serán reportados en los próximos reportes de avance del PDC, una vez que se cuente con toda la información del periodo. Respecto de los registros del primer semestre del 2024, es posible verificar que, según lo establecido en la presente Acción, la extracción total de agua obtenida desde los pozos autorizados no excedió los 120 L/s, con un promedio para el semestre de 108,97 L/s.
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10
Evaluar ambientalmente la modificación de la regla de operación de extracción de salmuera y el suministro de agua industrial.
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La implementación de la Acción N°10 considera la evaluación ambiental en el SEIA, a través de la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), de una modificación a la RCA N°226/2006, asociada a la operación minera de SQM en el Salar de Atacama, para extender la reducción de la extracción de salmuera y del suministro de agua industrial hasta el término de la vida útil del proyecto. Conforme a lo comprometido, con fecha 24 de enero de 2022 se ingresó al SEIA el EIA proyecto “Plan de Reducción de Extracciones en el Salar de Atacama”, el cual fue admitido a tramitación el 31 de enero de 2022, de acuerdo con la Res. Exenta N° 20220200138. Posteriormente, con fecha 26 de abril de 2022, se emite el primer Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones (ICSARA) mediante carta N° 202202103129. Para dar respuesta al ICSARA la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) Región de Antofagasta extendió el plazo - a solicitud del titular - en dos (2) ocasiones. La primera extensión de plazo se otorgó mediante Res. Ex. N° 202202001165 de julio de 2022 y la segunda se otorgó mediante Res. Ex. N° 202202001255 de diciembre de 2022, haciendo ingreso al SEIA de la primera Adenda con fecha 13 de febrero de 2023. Posteriormente, con fecha 27 de marzo de 2023 se emite el ICSARA Complementario mediante Carta N°20230210394. Para dar respuesta, el titular solicitó en dos (2) ocasiones ampliación de plazo al SEA Región de Antofagasta, los que fueron concedidos mediante Res. Ex. N° 202302001100 de junio de 2023 y Res. Ex. Nº 202302001154 de septiembre de 2023 respectivamente. La Adenda Complementaria fue ingresada al SEIA por SQM Salar S.A. el 06 de octubre de 2023. Mediante Carta 202302103346, de fecha 22 de noviembre de 2023, el SEA Antofagasta emite el ICSARA Excepcional. Para dar respuesta se extendió - a solicitud del titular - en una oportunidad el plazo, lo cual fue resuelto mediante Res. Ex. Nº 20240200127 con fecha 12 de febrero de 2024. De manera paralela, la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) Región de Antofagasta, mediante Res. Ex. N°202302001186 de fecha 20 de noviembre 2023, resuelve ampliar el plazo de 120 días para la evaluación ambiental en 60 días adicionales. A su vez, mediante Res. Ex. N°202302101780 de fecha 28 de noviembre de 2023, el SEA ordenó la realización de una nueva etapa de participación ciudadana y la apertura de un nuevo Proceso de Consulta Indígena mediante Res. Ex. °202302101816 del 12 de diciembre de 2023. Posteriormente, el SEA Antofagasta emitió la Res. Ex. N° 202402101314 del 15 de mayo de 2024, que suspende el procedimiento de evaluación ambiental del Proyecto con el objeto de asegurar la ejecución de los Procesos de Consulta Indígena, por un plazo de 60 días hábiles, hasta el 12 de agosto de 2024. Dicha fecha se modificó mediante Resolución Exenta N °202402101510 del 09 de agosto de 2024, del SEA de Antofagasta, la cual amplía la suspensión del procedimiento de evaluación ambiental del Proyecto con el objeto de asegurar la ejecución de los Procesos de Consulta Indígena, por un plazo de 60 días hábiles adicionales, que culmina el 13 de noviembre de 2024. A la fecha de cierre del presente reporte, el procedimiento de evaluación ambiental se mantiene suspendido, de acuerdo a lo decretado por el Servicio de Evaluación Ambiental. Por otra parte, en diciembre de 2022 SQM solicitó modificar el plazo de implementación de la acción N°16, el que fue concedido mediante Res. Ex. N°39/ROL F-041-2016 de la SMA de fecha 31 de enero de 2024, siendo el nuevo plazo de ejecución el 31 de marzo de 2024, pasando esta acción a ser momentáneamente la acción de mayor duración y ampliando con ello todas las acciones asociadas a toda la vigencia del PdC. La Res. Ex. N°39/ROL F-041-2016 se acompañó como medio de verificación de la Acción N°16 en el reporte de avance N°6. Considerando estos antecedentes, el plazo para la finalización del proceso de evaluación ambiental se extenderá más allá del plazo contemplado originalmente (31 de marzo de 2024), configurándose así el impedimento N°3 previsto para las acciones N°10, 26, 43 y 50. Debido a lo anteriormente expuesto, SQM envió carta a la SMA con fecha 8 de febrero de 2024, informando la activación del impedimento N°3 de las acciones 10, 26, 43 y 50 del PdC, estimando como plazo para dar cumplimiento a las referidas acciones la fecha 12 de enero de 2025. En respuesta, la Autoridad Ambiental emitió la Res. Ex. N°40/ROL F-041-2016 de fecha 08 de abril 2024, señalando que el aviso de ocurrencia del impedimento se debe dar en los informes trimestrales, y consecuentemente, considera como efecto la extensión del plazo del PdC en tanto se continue verificando dicho impedimento. La Res. Ex. N°40/ROL F-041-2016 se acompañó como medio de verificación de la Acción N°10 en el marco del reporte de avance N°7. Junto con lo anterior, con fecha 15 de mayo de 2024, mediante Res. Ex. N°202402101314 se decreta la suspensión del procedimiento de evaluación ambiental del Proyecto con el objeto de asegurar la ejecución de los Procesos de Consulta Indígena por un plazo de 60 días hábiles. Asimismo, mediante la carta digital N°20240210912, de fecha 19 de febrero de 2024, correspondiente al Anexo de Participación Ciudadana, se había notificado la emisión del consolidado de observaciones realizadas en el segundo proceso de participación de la comunidad, el cual deberá ser integrado al expediente de la Adenda Excepcional. Lo anterior fue informado oportunamente en el Reporte de Avance N°7. De esta manera, las acciones 10, 26, 43 y 50 se configuran como las acciones de mayor duración en el PdC y modifican con ello el plazo de implementación del PdC en su conjunto. En el presente reporte trimestral se da cuenta de los avances de la tramitación ambiental del EIA durante el periodo en reporte. Al respecto, cabe indicar que mediante Resolución Exenta N°202402101510 del 09 de agosto de 2024, el SEA de Antofagasta, ordena ampliar la medida provisional de suspensión del procedimiento de evaluación ambiental acorde a lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N° 19.880, con el objeto de asegurar la ejecución de los Procesos de Consulta Indígena actualmente en desarrollo. La vigencia de esta medida es de 60 días hábiles a contar de la fecha de publicación de la Resolución anteriormente individualizada, cuyo plazo culminará el 13 de noviembre de 2024.
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11
Diseñar e implementar de un programa de monitoreo participativo para el Plan de Seguimiento Ambiental Hidrogeológico (PSAH).
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En concordancia con lo comprometido en la acción N°11, en el presente periodo a reportar se han realizado las actividades del programa de monitoreo participativo para el Plan de Seguimiento Ambiental Hidrogeológico (PSAH) en conformidad con los acuerdos y bajo protocolos de monitoreo definidos por las comunidades de Toconao, Socaire, Talabre y Peine. En las actividades de monitoreo y seguimiento ambiental se han integrado a las comunidades antes mencionadas a través del Plan de monitoreo participativo, y se han realizado mediciones de pozos PSAH, aforos, reglillas y mantenciones de estaciones meteorológicas. Finalmente, cabe indicar que, hasta el período del presente reporte, se consideraba a la Comunidad Atacameña de Socaire para efectos de la programación de actividades en el sector Pampa Algarrobilla, recientemente se ha tomado conocimiento que parte de dicho sector se encuentra inscrito en el Registro de Propiedad a nombre de la Comunidad Atacameña de Peine. Por lo anterior en las próximas programaciones de actividades de monitoreo se deberán realizar las solicitudes de ingreso a la comunidad titular.
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12
Diseñar e implementar un programa de formación comunitaria asociado al seguimiento ambiental en el Salar de Atacama.
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En concordancia con lo comprometido en la Acción N°12 del PdC, para el desarrollo de esta acción, SQM Salar S.A. realizó un acuerdo con la Universidad Católica del Norte (UCN) sede Antofagasta, para la implementación del Programa de Formación Comunitario de SQM. El programa cuenta con el visto bueno de la Municipalidad de San Pedro de Atacama para su realización. En particular, este programa se ha denominado “Aula Salar”, el cual tiene como objetivo fortalecer las competencias y certificar las capacidades de los habitantes de la comuna de San Pedro de Atacama, en materias relacionadas con el medio ambiente. Actualmente, el programa “Aula Salar”, correspondiente al año 2024, se encuentra en plena ejecución, habiendo comenzado con su primera capacitación los días 22 y 23 de marzo de este año. Durante el presente periodo, comprendido entre el 16 de mayo 2024 y 31 de julio 2024, se da cuenta de la continuidad de la implementación del programa “Aula Salar”, mediante la realización de cinco (5) cursos: - “Uso del agua en proceso del litio”; - “Inscripción y regularización de derechos de aprovechamiento de aguas”; - “Vegetación en bode este del salar”; - “Uso racional y cuidado del agua”; - “Monitoreo ambiental biótico e hídrico”. De esta manera, los cursos permiten que las comunidades locales se capaciten y se formen respecto al seguimiento ambiental hídrico y biótico dentro del territorio del Salar de Atacama. Lo anterior se evidencia a través de las presentaciones de los cursos, actas de asistencias y registros fotográficos de las actividades desarrolladas. Adicionalmente, los cursos son difundidos e informados en los medios de comunicación del Programa “Aula Salar” (https://aulasalar.cl/) y sus redes sociales (https://www.instagram.com/aula_salar/)(https://www.facebook.com/programaaulasalar/), con el fin de favorecer una participación adecuada de las comunidades locales en los cursos programados en el año.
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13
Instalar y operar estaciones hidrometeorológicas adicionales en el Salar de Atacama.
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En concordancia con lo comprometido en la Acción Nº13, en el presente reporte de avance corresponde dar cuenta de los registros de monitoreo de las cuatro estaciones hidrometeorológicas instaladas como parte de la implementación de esta acción, que corresponden a las estaciones: Domeyko, Llano de la Paciencia, Cerro Cosor y El Tatio. En específico, para las cuatro estaciones se reporta la información del periodo comprendido entre el 16 de mayo y el 31 de julio de 2024 considerando los siguientes parámetros: dirección y velocidad del viento, humedad relativa, presión atmosférica, precipitaciones, temperatura y radiación solar global. Durante este periodo la estación de El Tatio se mantuvo operativa y transmitiendo data en forma permanente, sin evidenciarse pérdidas de datos que afecten la disponibilidad de información. En el caso de las estaciones Domeyko, Llano de la Paciencia y Cerro Cosor, se interrumpió el registro de datos, sin embargo, la ausencia de algunos minutos de información no afectó la determinación de data consolidada en forma diaria. Cabe señalar que se está evaluando una nueva ubicación para la estación Cerro Cosor, lo cual será propuesto a la comunidad de Socaire, dado que en el último período dicha estación ha mostrado pérdida de datos en distintos períodos de manera intermitente.
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14
Aumentar la frecuencia de monitoreo de la cobertura vegetacional de la cuenca del Salar de Atacama mediante imágenes satelitales de alta resolución.
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En concordancia con lo requerido en la Acción N°14, en el presente reporte de avance se da cuenta del aumento de frecuencia de monitoreo de la cobertura vegetacional de la cuenca del Salar de Atacama, mediante la adquisición y uso de imágenes satelitales, pasando de una frecuencia anual a trimestral. Con el propósito de evidenciar el aumento de la frecuencia de monitoreo, se adjunta la Orden de Compra para la captura de imágenes satelitales correspondiente al mes de julio del año 2024, relacionada con la adquisición de imágenes satelitales del tercer trimestre de 2024. Los resultados de los monitoreos de la cobertura de formaciones vegetacionales, mediante imágenes satelitales de alta resolución, se incluyen en el Informe del Plan de Seguimiento Ambiental Biótico (PSAB), el cuál posee una frecuencia anual de Reportabilidad a la autoridad. Por lo tanto, los monitoreos correspondientes al año 2024 (enero, abril, julio y octubre de 2024) serán presentados en el PSAB N°18, cuando se haya recabado toda la información necesaria para su elaboración.
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17
Reportar a la SMA las variables de seguimiento contenidas en el considerando 10° de la RCA 226/2006 y de monitoreos adicionales comprometidos en este PdC, mediante conexión en línea vía API o reporte electrónico, según corresponda.
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En concordancia con lo requerido en la presente acción, y de acuerdo con los plazos establecidos, en el presente periodo (mayo a julio 2024) corresponde el reporte de las variables contenidas en el considerando 10° de la RCA 226/2006, en adición a los monitoreos complementarios establecidos en el PdC que se reportan vía API, así como los monitoreos discretos realizados en el periodo, los que deben ser reportados mediante formulario electrónico. Con motivo de lo anterior, durante el trimestre objeto del presente reporte, se efectuó el reporte (en línea vía API o reporte electrónico según corresponda) de las distintas variables contenidas en el considerando 10° de la RCA 226/2006 (Hidrogeológicas, vegetación, flora, fauna y biota acuática), junto con las variables adicionales indicadas en la forma de implementación del PdC y no incluidas en el considerando mencionado. Se informa que en el periodo reportado hubo 37 fallas en la transmisión de datos con pérdida de estos mediante la conexión en línea vía API.
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18
Comunicar periódicamente a la comunidad y/a otros actores del territorio los resultados del seguimiento ambiental.
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La Acción Nº18 considera la comunicación periódica con la comunidad y/o con otros actores del territorio, respecto de los resultados del seguimiento ambiental implementado por SQM: Plan de Seguimiento Ambiental Hidrogeológico [PSAH] y Plan de seguimiento Ambiental Biótico [PSAB]). Las últimas versiones de los informes del PSAB (Nº17) que reportó el seguimiento ambiental del año 2023 y PSAH (Nº34) que reportó el seguimiento hidrogeológico del segundo semestre 2023, fueron cargados al SSA de la SMA durante los meses de febrero y mayo 2024, respectivamente, generándose los avisos y actividad de capacitación correspondiente, conforme fue informado en el Reporte de Avance Nº7. Durante el periodo reportado, el cual comprende entre el 16 de mayo al 31 de julio de 2024, el informe de seguimiento ambiental correspondiente al PSAH N°35 del primer semestre de 2024, este se encuentra en elaboración, mientras que el PSAB Nº18, correspondiente al año 2024 se encuentra en fase de ejecución de campañas las cuales forman parte del informe, por lo que su reporte a la autoridad, así como las posteriores actividades comprometidas en el marco de la presente Acción Nº18 se realizaran en los próximos periodos de implementación del PdC. No obstante, lo anterior, en forma complementaria se informó a las comunidades atacameñas y actores relevantes respecto a los avisos de activaciones y desactivaciones de Fase del Plan de Contingencias de la RCA N°226/2006 evidenciados en el periodo. Se trata de información del seguimiento relevante a nivel de cuenca, en cuanto alerta sobre los niveles que se encuentran bajo los umbrales definidos para los indicadores de estado de cada sistema y que exigen la adopción de medidas.
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19
Robustecer el monitoreo de la superficie lagunar mediante imágenes satelitales de alta resolución, de los sistemas Soncor, Peine y Aguas de Quelana.
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En concordancia con lo comprometido en la Acción N°19, en el presente reporte de avance se da cuenta del aumento de la frecuencia de monitoreo de las superficies lagunares de los sistemas Soncor y Peine, mediante la adquisición y uso de imágenes satelitales, pasando de una frecuencia anual a trimestral. Además, se adiciona el monitoreo trimestral, mediante imágenes satelitales, para el sistema Aguas de Quelana. Con el propósito de evidenciar el aumento de la frecuencia de monitoreo en el periodo objeto del presente reporte, se adjunta la Orden de Compra N°9000099960 extendida a empresa RASTER4 SPA. Dicha compra considera la captura de imágenes satelitales de los sistemas Soncor, Peine y Aguas de Quelana, correspondiente al mes de julio del año 2024, relacionada a la adquisición de las imágenes satelitales del tercer trimestre de 2024. Junto con lo anterior, respecto del Informe del Plan de Seguimiento Ambiental hidrogeológico N°35 (PSAH) que da cuenta de los monitoreos efectuados en el primer semestre de 2024, cabe señalar que éste se encuentra en elaboración, por lo que el comprobante de ingreso del informe a la plataforma del Sistema de Seguimiento Ambiental (SSA) de la SMA será presentado en los próximos reportes de avance del PdC.
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20
Implementar un plan piloto de monitoreo continuo y con transmisión en línea, de la calidad de las aguas superficiales en los sectores de Barros Negro, Chaxa, Burro Muerto y Saladita
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La Acción N°20 considera la implementación de un plan piloto de monitoreo continuo y con transmisión en línea, de la calidad de las aguas superficiales (lagunas) en los sectores de Barros Negros, Chaxa, Burro Muerto y Saladita. En concordancia con lo requerido en esta acción, en el presente periodo se da cuenta del registro de monitoreo de calidad del agua superficial correspondiente a las estaciones de Barros Negros, Chaxa y Burro Muerto.La instalación de la cuarta estación, propuesta en el sector de Laguna Saladita, se encuentra aún pendiente, en cuanto no ha sido posible contar con la autorización de la Comunidad de Peine para poder proceder con su instalación. SQM ha realizado la solicitud de instalación del equipo a la Directiva de Peine en varias ocasiones, muestra de ellos son las Cartas GMAL N°251/2023 del 25 de mayo 2023; GMAL N°334/2023 del 4 de agosto 2023; y GMAL N°272/2024 del 24 de mayo 2024, todas enviadas vía correo electrónico a la comunidad de Peine reiterando la solicitud de autorización para instalar sensor de monitoreo continuo de calidad de agua superficial en Laguna Saladita. A la fecha de emisión del presente reporte, no se ha obtenido respuesta favorable para proceder con su instalación. Cabe señalar que, dentro del año, se establecen algunas restricciones de acceso a la Laguna Salada, Saladita e Interna por parte de la comunidad de Peine, asociadas a etapa de apareamiento, postura, incubación, eclosión y primeras etapas de polluelos de diversas aves como: Flamenco Chileno, Flamenco Andino, Flamenco de James, entre otros. Durante el año 2023 se abrieron las señaladas lagunas a partir del 3 de abril hasta el 3 de noviembre 2023, de modo que, aprovechando la apertura de la laguna Saladita, SQM en mayo y en agosto 2023 solicitó permiso a la comunidad de Peine para acceder a la instalación del equipo de monitoreo tal como dan cuenta las cartas GMAL251/2023 y GMAL 334/2023, sin obtener respuesta por parte de la comunidad. Posteriormente, en el año 2024, la comunidad de Peine dio aviso de la apertura de la Laguna Saladita a partir del 13 de mayo 2024, motivo por el cual con fecha 24 de mayo 2024 SQM nuevamente solicitó el permiso para acceder a la Laguna Saladita para instalar el equipo de monitoreo (GMAL N°272/2024), siendo rechazada la solicitud de ingreso según consta en el medio de verificación “20.4 Comunicaciones con comunidad Peine” en específico en “10_Re_ SQM carta GMAL N°272_2024 - Reitera Solicitud de Instalación Equipo Monitoreo en Laguna Saladita en Peine”. Finalmente, SQM seguirá intentando lograr el acceso a la Laguna Saladita a objeto de poder instalar el único equipo faltante y se informará en los siguientes reportes de avance. Por otra parte, respecto a los datos de las estaciones Barros Negros, Chaxa y Burro Muerto, se adjuntan a la presente minuta los registros de los parámetros de conductividad, temperatura y potencial redox para el periodo comprendido entre el 16 de mayo del 2024 y el 31 de julio de 2024. Al respecto, cabe señalar que durante el periodo se mantuvo el monitoreo continuo en forma permanente, salvo por la pérdida de datos puntuales en la estación Chaxas los días 19 de junio y 6 de julio de 2024, en la estación Burro Muerto los días 23, 30 y 31 de mayo de 2024 y en la estación Barros Negros los días 19, 24, 25, 27, 28, 29 de mayo y 1, 3, 5, 6 y 7 de junio de 2024.
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Implementar un el monitoreo de la calidad de aire en el Borde Este del Salar de Atacama para los parámetros MP10, MP2,5 y MPS.
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En concordancia con lo requerido en la presente Acción, durante el periodo en reporte, comprendido entre el 01 de mayo y 31 de julio 2024, se da cuenta del monitoreo continuo de Material Particulado (MP10 y MP2,5) en Estación Campamento Andino y de Material Particulado Sedimentable (MPS) en Estaciones L2-25 y LZA7-2. Los resultados obtenidos durante el periodo informado permiten verificar que las estaciones han estado operativas, registrando una concentración de 20 µg/m3N promedio diario para MP10, y 3 µg/m3N promedio diario para MP2.5, en la estación Campamento Andino; y concentraciones de 14,0 y 12,3 mg/m2/día de MPS en las estaciones L2-25 y LZA7-2, respectivamente. Cabe señalar que los registros obtenidos se mantuvieron, para todos los parámetros, bajo los límites de referencia considerados2.
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Incluir en los informes del Plan de Seguimiento Ambiental Biótico (PSAB), un análisis de los resultados del estado vital y sanitario de los algarrobos, en función de las variables de temperatura, precipitaciones, nivel freático y nuevas variables antrópicas, presencia y daño asociado a plagas y patógenos, análisis eco-fisiológicos comparativos, medición de potencial hídrico, medición de conductancia estomática y estimación de biomasa.
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La Acción N°23 contempla que los resultados del monitoreo de los algarrobos ubicados en la quebrada Camar, sean incluidos en los Informes del Plan de Seguimiento Ambiental Biótico (PSAB), cuyo primer reporte en el contexto del PdC refundido se remitió en el Informe PSAB N°16 en noviembre del año 2022. Con este fin, se incluyó el monitoreo del estado vital y sanitario de los algarrobos identificados en el Anexo V.IV de la Adenda III del EIA del proyecto “Cambios y Mejoras de la Operación Minera en el Salar de Atacama”. Por otro lado, en el marco del reporte de avance N°6 del PdC se acreditó el ingreso al SSA del Informe del PSAB N°17, el cual contiene los resultados y análisis correspondientes al año 2023. De manera complementaria, durante el pasado reporte de avance N°7, y de acuerdo a lo comprometido en la Acción N°24, se informó la realización del taller anual para informar a la comunidad de Camar sobre los resultados de las actividades de monitoreo del año 2023, lo que se detalla en la Acción N°24. Para el presente periodo de reporte, que considera el período transcurrido desde el 16 de mayo al 31 de julio del 2024, se informa que, las campañas de monitoreo de los algarrobos de Camar se ha desarrollado de manera mensual y trimestral sin inconvenientes, por profesionales especialistas en la materia y acompañados por la Unidad Ambiental de la Comunidad de Camar. Los respaldos de dichas actividades se acompañan en los medios de verificación de la Acción N°24 y 30. Asimismo, en el informe del PSAB N°18 se incluirá el análisis de los resultados del estado vital y sanitario de los algarrobos, que se desarrollará hasta diciembre 2024. El comprobante de remisión a través del SSA será presentado en los próximos reportes de avance del PdC.
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Implementar programa de seguimiento de flora y vegetación de la quebrada Camar.
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En el periodo objeto del presente reporte de avance N°8, comprendido entre el 16 de mayo y el 31 de julio 2024, se ha continuado con la implementación del seguimiento complementario de flora y vegetación de la quebrada de Camar, ejecutando los distintos monitoreos comprometidos conforme a las frecuencias establecidas en la Acción N°24 para cada parámetro. El informe de seguimiento de flora y vegetación de la quebrada Camar correspondiente al primer semestre de 2024 se encuentra actualmente en elaboración, por lo que dicho documento, en conjunto con el respectivo comprobante de entrega a la comunidad de Camar, será acompañado en el próximo reporte de avance. Asimismo, tras la elaboración de dicho informe y el correspondiente al segundo semestre del presente año, se procederá a realizar taller anual para informar a la comunidad de Camar sobre los resultados de las actividades de monitoreo del año 2024. Por otra parte, se da cuenta de la operatividad de la plataforma web de seguimiento ambiental www.sqmsenlinea.com durante el periodo, plataforma que permite acceder a la información de los resultados del seguimiento ambiental biótico e hidrogeológico. Al respecto, a la fecha del presente reporte se está trabajando en la carga de los resultados del monitoreo de seguimiento de flora y vegetación para la quebrada de Camar, comprometidos en el marco de la presente Acción y conforme lo dispuesto en la Acción 7 del PdC. Finalmente, respecto del estado de los elementos de riego, se hace presente que el sistema ha funcionado y se mantiene operativo, conforme a lo comprometido en la Acción N°28 del PdC.
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25
Entregar forraje a la comunidad de Camar para suplir temporalmente la pérdida de biomasa asociada a la afectación progresiva del estado de vitalidad de algarrobos en el área del Pozo Camar 2.
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La Acción N°25 contempla la entrega de fardos a la Comunidad de Camar para suplir temporalmente la pérdida de biomasa asociada a la afectación del estado de vitalidad de algarrobos en el área del Pozo Camar 2. Para esto, se contempla la entrega semestral de un mínimo de 600 fardos de peso promedio de 25 kg cada uno (15 toneladas por semestre), logrando así un total de 75 toneladas como indicador de cumplimiento para todo el PdC. En el marco del reporte pasado N°7, se dio cuenta de la entrega de fardos con fecha 18 de abril de 2024 en la localidad de Camar, correspondiente al primer semestre 2024. En esa oportunidad se entregó un total de 1.000 fardos de forraje a los comuneros de Camar, lo que corresponde aproximadamente a 25 toneladas (considerando un peso aproximado de 25 kg por fardo). Dicha entrega superó el mínimo semestral de 600 fardos establecidos para esta acción, que estima un peso promedio de 25 kg para cada fardo, equivalentes a 15 toneladas. Respecto al segundo semestre del 2024, se estima realizar nuevamente una entrega de los fardos cuya fecha se está coordinando con la comunidad de Camar, por lo que dicha actividad será informada en el marco del reporte de avance N°9 del PdC. En concordancia con lo comprometido, se ha cumplido lo establecido en la presente acción para el primer semestre 2024. En adición a lo anterior, es posible destacar que durante la ejecución del PdC, SQM ha incrementado las entregas de forraje a la Comunidad de Camar, de manera que la cantidad efectiva que será entregada durante el PdC excederá con creces lo establecido en la Acción N°25, llegando a la fecha a un total de 14.824 fardos (equivalentes a 370,7 toneladas).
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Evaluar ambientalmente medidas necesarias para mitigar y compensar la afectación progresiva del estado de vitalidad de los algarrobos presentes en el sector del pozo Camar.
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La implementación de la Acción N°26 considera la evaluación ambiental en el SEIA, a través de la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), de una modificación a la RCA N°226/2006, asociada a la operación minera de SQM en el Salar de Atacama, para extender la reducción de la extracción de salmuera y del suministro de agua industrial hasta el término de la vida útil del proyecto. Conforme a lo comprometido, con fecha 24 de enero de 2022 se ingresó al SEIA el EIA proyecto “Plan de Reducción de Extracciones en el Salar de Atacama”, el cual fue admitido a tramitación el 31 de enero de 2022, de acuerdo con la Res. Exenta N° 20220200138. Posteriormente, con fecha 26 de abril de 2022, se emite el primer Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones (ICSARA) mediante carta N° 202202103129. Para dar respuesta al ICSARA la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) Región de Antofagasta extendió - a solicitud del titular - en dos (2) ocasiones el plazo La primera instancia se realiza mediante Res. Ex. N° 202202001165 de julio de 2022 y la segunda extensión de plazo mediante Res. Ex. N° 202202001255 de diciembre de 2022, haciendo ingreso al SEIA de la Adenda con fecha 13 de febrero de 2023. Posteriormente, con fecha 27 de marzo de 2023 se emite el ICSARA Complementario mediante Carta N°20230210394. Para dar respuesta, el titular solicitó en dos (2) ocasiones ampliación de plazo al SEA Región de Antofagasta, los que fueron concedidos mediante Res. Ex. N° 202302001100 de junio de 2023 y Res. Ex. Nº 202302001154 de septiembre de 2023 respectivamente. La Adenda Complementaria fue ingresada al SEIA por SQM Salar S.A. el 06 de octubre de 2023. Mediante Carta 202302103346, de fecha 22 de noviembre, el SEA Antofagasta emite el ICSARA Excepcional. Para dar respuesta se extendió - a solicitud del titular - en una oportunidad el plazo, lo cual fue resuelto mediante Res. Ex. Nº 20240200127 con fecha 12 de febrero de 2024. De manera paralela, la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) Región de Antofagasta, mediante Res. Ex. N°202302001186 de fecha 20 de noviembre 2023, resuelve ampliar el plazo de 120 días para la evaluación ambiental por 60 días adicionales. A su vez, mediante Res. Ex. N°202302101780 de fecha 28 de noviembre de 2023 ordenó la realización de una nueva etapa de participación ciudadana y la apertura de un nuevo Proceso de Consulta Indígena mediante Res. Ex. N°202302101816 del 12 de diciembre de 2023. Posteriormente, el SEA Antofagasta emitió la Res. Ex. N° 202402101314 del 15 de mayo de 2024, que suspende el procedimiento de evaluación ambiental del Proyecto con el objeto de asegurar la ejecución de los Procesos de Consulta Indígena, por un plazo de 60 días hábiles, hasta el 12 de agosto de 2024. Dicha fecha se modificó mediante Resolución Exenta N °202402101510 del 09 de agosto de 2024, del SEA de Antofagasta, la cual amplía la suspensión del procedimiento de evaluación ambiental del Proyecto con el objeto de asegurar la ejecución de los Procesos de Consulta Indígena, por un plazo de 60 días hábiles adicionales, que culmina el 13 de noviembre de 2024. A la fecha de cierre del presente reporte, el procedimiento de evaluación ambiental se mantiene suspendido, de acuerdo a lo decretado por el Servicio de Evaluación Ambiental. Por otra parte, en diciembre de 2022 SQM solicitó modificar el plazo de implementación de la acción N°16, el que fue concedido mediante Res. Ex. N°39/ROL F-041-2016 de la SMA de fecha 31 de enero de 2024, siendo el nuevo plazo de ejecución el 31 de marzo de 2024, pasando esta acción a ser momentáneamente la acción de mayor duración y ampliando con ello todas las acciones asociadas a toda la vigencia del PdC. La Res. Ex. N°39/ROL F-041-2016 se acompañó como medio de verificación de la Acción N°16 en el reporte de avance N°6. Considerando estos antecedentes, el plazo para la finalización del proceso de evaluación ambiental se extenderá más allá del plazo contemplado originalmente (31 de marzo de 2024), configurándose así el impedimento N°3 previsto para las acciones N°10, 26, 43 y 50. Debido a lo anteriormente expuesto, SQM envió carta a la SMA con fecha 8 de febrero de 2024, informando la activación del impedimento N°3 de las acciones 10, 26, 43 y 50 del PdC, estimando como plazo para dar cumplimiento a las referidas acciones la fecha 12 de enero de 2025. En respuesta, la Autoridad Ambiental emitió la Res. Ex. N°40/ROL F-041-2016 de fecha 08 de abril 2024, señalando que el aviso de ocurrencia del impedimento se debe dar en los informes trimestrales, y consecuentemente, considera como efecto la extensión del plazo del PdC en tanto se continue verificando dicho impedimento. La Res. Ex. N°40/ROL F-041-2016 se acompañó como medio de verificación de la Acción N°26 en el marco del reporte de avance N°7. Junto con lo anterior, con fecha 15 de mayo de 2024, mediante Res. Ex. N°202402101314 se decreta la suspensión del procedimiento de evaluación ambiental del Proyecto con el objeto de asegurar la ejecución de los Procesos de Consulta Indígena por un plazo de 60 días hábiles. Asimismo, mediante la carta digital N°20240210912, de fecha 19 de febrero de 2024, correspondiente al Anexo de Participación Ciudadana, se había notificado la emisión del consolidado de observaciones realizadas en el segundo proceso de participación de la comunidad, el cual deberá ser integrado al expediente de la Adenda Excepcional. Lo anterior fue informado oportunamente en el Reporte de Avance N°7. De esta manera, las acciones 10, 26, 43 y 50 se configuran como las acciones de mayor duración en el PdC y modifican con ello el plazo de implementación del PdC en su conjunto. En el presente reporte trimestral se da cuenta de los avances de la tramitación ambiental del EIA durante el periodo en reporte. Al respecto, cabe indicar que mediante Resolución Exenta N°202402101510 del 09 de agosto de 2024, el SEA de Antofagasta, ordena ampliar la medida provisional de suspensión del procedimiento de evaluación ambiental acorde a lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N° 19.880, con el objeto de asegurar la ejecución de los Procesos de Consulta Indígena actualmente en desarrollo. La vigencia de esta medida es de 60 días hábiles a contar de la fecha de publicación de la Resolución anteriormente individualizada, cuyo plazo culminará el 13 de noviembre de 2024.
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Realizar estudios orientados a comprender de manera más acabada la irrigación de los algarrobos en el sector del pozo Camar 2.
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Conforme a lo establecido en la presente acción, se han realizado diversos estudios complementarios orientados a comprender de manera más acabada la irrigación de los algarrobos en el sector del pozo Camar 2. Inicialmente se realizaron distintos estudios de caracterización de la estructura de resistividad eléctrica del suelo integrando perforaciones mediante barrenos, pruebas de resistencia de contacto entre dipolos, uso de TEM, NanoTEM y OhmMapper, cuyos resultados fueron adjuntados en el reporte inicial, con fecha de 24 de noviembre de 2022. Posteriormente, se realizó en el mes de enero 2023 una campaña de muestreo isotópico de algarrobos, en conjunto con la comunidad de Camar, para un total de 26 individuos. Los resultados obtenidos fueron acompañados al segundo reporte de avance. Adicionalmente, como parte de la implementación de las acciones 23 y 24 se han realizado estudios fisiológicos en los algarrobos objeto de seguimiento de la RCA N°226/2006, así como en ejemplares control, cuyos resultados son expuestos en los informes del Programa de Seguimiento Ambiental Biótico (PSAB), conforme se señala en la Acción N°23. En forma complementaria a los estudios requeridos para la ejecución de la presente Acción Nº27, se ha definido, en conjunto con la comunidad de Camar, realizar el “Estudio de Riego e Isotopía en Quebrada Camar”, con la Universidad de Concepción, cuyo objetivo consiste en generar un modelo hidrológico simplificado de la cuenca del cono aluvial en la quebrada de Camar para caracterizar la dinámica de absorción de agua de los algarrobos presentes en el área, permitiendo complementar el modelo que explique el proceso de irrigación de los algarrobos que están siendo objeto de seguimiento. En este contexto, se han realizado diversas actividades de gabinete y campo incluyendo muestreos realizados en agua, suelo y material vegetal, además de la obtención de índices espectrales mediante vuelo de dron. El presente reporte N°8, que abarca del 16 de mayo de 2024 al 31 de julio de 2024, adjunta el avance N°4 del “Estudio de Riego e Isotopía en Quebrada Camar, Región de Antofagasta”, informe que documenta los avances del estudio que abarca las actividades realizadas entre septiembre de 2023 y julio de 2024, el cual incluye nuevos resultados en los análisis de laboratorio realizados al suelo, agua superficial, agua subterránea y toma de muestra de hojas y ramas de algarrobos de Camar, así como análisis preliminares sobre el objetivo, pero considerando que todavía no termina el estudio.
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28
Implementar programa de riego de los algarrobos que forman parte del monitoreo comprometido en la RCA 226/2006.
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Durante el presente reporte de avance N°8, comprendido entre los días 16 de mayo de 2024 al 31 de julio de 2024, se da cuenta de la implementación del programa de riego de algarrobos que forman parte del monitoreo comprometido en la RCA N°226/2006. Se realizaron todos los riegos programados para este período. El riego fue realizado a 37 ejemplares de algarrobos, de los cuales 29 individuos corresponden al compromiso asociado al PdC y 8 a individuos de algarrobos adicionales, los cuales fueron regados 5 veces en el período comprendido entre el 16 de mayo y el 31 de julio 2024, utilizándose un total de 23 m3 de agua de riego y habiéndose realizado tres (3) recargas al estanque de agua, con una tasa de riego de 0,124 m3 por algarrobo. Esto, corresponde a un promedio general de tasa de riego sin considerar el número de goteros por algarrobo. Respecto de la evaluación de tasa y frecuencia del riego durante este periodo, esta ha sido la adecuada para mantener los parámetros fisiológicos de los algarrobos, esto debido a que se observa extracción de agua a nivel radical. Todo esto se puede confirmar con los indicadores fisiológicos ya que el potencial hídrico fue menor que otros años. En el análisis de los resultados, se observó una leve disminución en las categorías de vitalidad y copa de los árboles en comparación al periodo del reporte anterior y similares al primer trimestre del año 2023. Finalmente, dentro de las actividades de mantención consideradas en este periodo, se realizó la verificación de la calidad del agua según la norma NCh 1333 por parte de la ETFA ALS y la mantención del sistema de riego por parte de SQM.
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Implementación de parcela de cultivo de forraje en Camar.
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En el presente reporte de avance trimestral, se da cuenta de las actividades desarrolladas en el marco de la implementación de la Acción N°29, que considera la instalación de una parcela de cultivo de forraje (aprox. 4 ha) en el área de Camar, con el objetivo de reemplazar la biomasa aérea asociada a la afectación progresiva del estado de vitalidad de algarrobos en el área del Pozo Camar 2. Si bien, en un primer término, se había definido un terreno que cumplía con los requerimientos técnicos para la implementación de la parcela de cultivo, los recursos hídricos identificados por la Comunidad de Camar para este proyecto correspondían a un acuífero protegido que alimenta vegas y bofedales (quebrada de Querico), impidiendo el desarrollo del proyecto original. En respuesta a lo anterior, SQM y la comunidad de Camar han sostenido conversaciones para evaluar alternativas de emplazamiento y fuentes de agua, con el fin de concretar la implementación de la parcela de cultivo de forraje. De este modo, en el reporte de avance N°5 se adjuntaron los medios de verificación que dan cuenta del proceso de selección y aprobación preliminar de la alternativa de ubicación de la parcela (polígono CB-3B). Por lo anterior, se ejecutó un levantamiento arqueológico en el polígono CB-3B con el objeto de comprobar que estuviera libre de elementos patrimoniales. Es así como,durante una visita a terreno realizada por un profesional de arqueología a inicios de diciembre de 2023, se identificó que en el borde del polígono propuesto para la alternativa CB-3B se encuentra cercano a un camino antiguo denominado “Camino de la Sal”. Por este motivo, y a fin de no afectar el camino identificado, se propuso desplazar el polígono de la parcela de cultivo 114 metros al norte, generando un nuevo polígono, que se ha denominado CB-3C. De este modo, la parcela propuesta en el polígono CB-3C no presenta elementos patrimoniales en su interior, lo cual fue informado a la comunidad de Camar mediante la “Propuesta Polígono CB-3C Para Cultivo de Forraje en Camar”, tal como fuese informado en el reporte de avance N°6. En el reporte de avance N° 7 (RA7), se informó sobre la validación topográfica del polígono definitivo de la parcela (CB-3C), la ejecución del tizado del terreno, el suministro e inicio del proceso de instalación de un sistema de riego por aspersión que obtendrá energía a partir de celdas fotovoltaicas, y que regará la parcela a partir del suministro de agua que entregará la Comunidad. Adicionalmente, se informó sobre la adquisición y entrega de maquinaria a la comunidad,así comoi del acompañamiento efectuado en la ceremonia ancestral de la Comunidad denominada “convido” para agradecer y solicitar permiso a los ancestros para la iniciación del movimiento de tierra en la parcela antes indicada. Asimismo, se inició el movimiento de tierras completo para habilitar el terreno para la siembra y se cercó el polígono completo. En el presente reporte de avance, se da cuenta que el 29 de mayo de 2024 se entregó a la Comunidad de Camar maquinaria agrícola, incluyendo una enfardadora y un rastrillo. Además, durante el mes de junio de 2024, la empresa “Cultivo del Desierto”, a cargo de la implementación de la parcela, completó el 100% de las obras en la misma, incluyendo la completa instalación de riego tecnificado, construcción de un estanque de agua de 1.100 m³, planta fotovoltaica, caseta de control y cierre perimetral. Por otra parte, respecto de la entrega de fardos de alfalfa a la Comunidad, adicionales a los 1.000 entregados y reportados en el periodo anterior (RA7), se informa que se proyecta efectuar una nueva entrega durante el segundo semestre 2024, de lo cual se dará cuenta en el reporte de avance respectivo. Finalmente, en lo relativo a laentrada en operación de la parcela se hace presente que no se ha podido lograr el llenado del estanque de agua para riego de esta, debido a que el agua efluente de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) originalmente considerada para regar la parcela, no podrá ser utilizada para el riego pues no cumple la Normativa NCH1333. En razón de ello, se está conversando con la Comunidad de Camar acerca de la disponibilidad de alguna otra fuente de agua que permita cubrir las demandas de agua que requiere la parcela. Mientras no se tenga agua para regar, no será posible realizar los trabajos con biofertilizante, ni la siembra del forraje.
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30
Incorporación de la comunidad de Camar en la ejecución de actividades de seguimiento de variables ambientales relevantes
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En concordancia con lo comprometido en la acción N°30, SQM ha invitado a la comunidad de Camar a participar en la ejecución de actividades de monitoreo de acuerdo con el Plan de Seguimiento Ambiental Hidrogeológico, y las actividades de seguimiento ambiental asociadas a las acciones N°23 y N°24 del presente PdC. Es así que, en el presente reporte de avance, se da cuenta de los monitoreos participativos efectuados con la participación de la comunidad de Camar en calidad de observadores de los monitoreos asociados al Plan de Seguimiento Ambiental de SQM, desde el mes de mayo 2024 hasta el mes de julio de 2024, sin perjuicio de que en este periodo también se realizaron monitoreos y mediciones en las cuales, si bien la comunidad no participó de la actividad, brindaron su autorización para su realización. Para el caso del sector de Camar se realizaron monitoreos hidrogeológicos y bióticos, específicamente se evidencia el monitoreo de nivel de pozos, mantención de estación meteorológica, monitoreo isotópico, riego de algarrobos, monitoreo fitosanitario, entre otros.
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31
Implementar Plan de Conservación del Algarrobo de Camar.
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Conforme a lo establecido en la Acción N°31, en el presente reporte de avance Nº8 se da cuenta de los avances y resultados relacionados a la implementación del Plan de Conservación del algarrobo de Camar mediante sus 2 programas: Programa de Producción de Algarrobos y Programa de Control Fitosanitario, para el periodo comprendido entre el 16 de mayo y el 31 julio de 2024. Respecto del programa de producción de algarrobos, durante el presente reporte de avance N°8 se puede señalar que el constructor se encuentra trabajando en las terminaciones de los viveros, instalación del estanque de acumulación de agua, caminos de acceso y cierre perimetral del sector que comparte junto con oficinas que serán para la comunidad y que también se encuentran en construcción. Dichas instalaciones serán inauguradas a fines de agosto 2024 junto con la comunidad de Camar. Sin embargo, a pesar del avance en las obras, se ha presentado la problemática sobre el abastecimiento de agua para regar el vivero. SQM ha propuesto a la comunidad llenar el estanque con agua potable en camiones, pero la comunidad ha señalado que no están a favor de esta medida y que prefieren que se utilice agua cruda proveniente de su territorio. Para lograr esto, se están evaluando alternativas para conducir agua del sector hacia el estanque de acumulación. Se espera poder contar con mayores avances en el siguiente reporte de avance. Adicionalmente, se menciona que, en reportes anteriores, se entregaron los resultados finales de las capacitaciones sobre la recolección, procesamiento y almacenamiento de semillas que se trabajó en conjunto entre la comunidad, el INIA y SQM, dando cuenta de un total de 3.269 semillas provenientes de las tres temporadas durante las cuales se recolectó. Respecto del programa de control fitosanitario, se da cuenta de las prospecciones mensuales para determinar el estado fitosanitario de la población de algarrobos realizado por el equipo del INIA durante los meses de mayo, junio y julio de 2024. Como resultado de estas actividades se presentan el número total de individuos capturados a la fecha, instalación de trampas Malayse y se da cuentas de otras actividades realizadas en conjunto a la comunidad de Camar.
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32
Evaluación del potencial impacto de la herbivoría sobre la población de algarrobos de la quebrada de Camar
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La Acción N°32 considera la evaluación del potencial impacto de la herbivoría sobre la población de algarrobos de la quebrada de Camar, considerando la realización de un estudio en conjunto con la comunidad de Camar. Para su implementación se propuso a la comunidad de Camar, un plan de trabajo y propuesta metodológica, a ser desarrollada por especialistas de la Consultora Geobiota junto con especialistas de la Universidad de Chile, para desarrollar un estudio de herbivoría sobre la composición botánica de la dieta de los burros de Camar y su relación con la capacidad de carga animal. La señalada propuesta fue aprobada por los actores relevantes el 26 de mayo del 2023, tras varias iteraciones y reuniones detalladas en reportes de avances anteriores. Cabe recalcar que la posibilidad de ejecutar este estudio en la quebrada Camar se encuentra sujeta al acuerdo con la Comunidad, respecto de la entidad, alcance y términos bajo los cuales se desarrollaría. Respecto a las actividades realizadas en el presente reporte de avance N°8 (01 de mayo al 31 de julio de 2024), se informa la ejecución de nueva campaña trimestral de invierno desde el 22 al 26 de julio de 2024, asociados al monitoreo de herbivoría y vegetación en el sector de Camar, considerando a su vez la participación de la comunidad de Camar. En relación con este último monitoreo trimestral, es pertinente indicar que, a la fecha de presentación de este reporte de avance, el informe técnico se encuentra en desarrollo, por tanto, será remitido en el próximo reporte de avance. No obstante, para acreditar la ejecución de este monitoreo se presentan las actas y registros fotográficos obtenidos en los días de la campaña mencionada. Finalmente, sobre la población del animal en estudio presente en el área, aún no es posible determinar su tamaño poblacional, puesto que el estudio todavía se encuentra en ejecución, por lo que se espera contar conmás información en los siguientes meses.
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33
Elaboración de Estudio Etnobotánico de la Flora y Vegetación de Camar
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La Acción N°33 considera la elaboración de un Estudio Etnobotánico de la Flora y Vegetación de Camar, con el fin de examinar, con una perspectiva y metodología etnobotánica, la relación entre los habitantes de la localidad de Camar y los recursos vegetacionales presentes en el sector de la quebrada de Camar, particularmente, las poblaciones de Algarrobo, y las formaciones vegetacionales asociadas. De esta manera, se busca levantar un inventario botánico y etnobotánico de especies. En concordancia con lo requerido en esta acción, la Comunidad de Camar contrató los servicios profesionales de la consultora Más Ambiente y Territorio SpA. A la fecha, se han presentado a la Comunidad un plan de trabajo, y cuatro informes de avances del Estudio Etnobotánico de la Comunidad Indígena Atacameña de Camar, correspondientes a los resultados obtenidos durante la primera, segunda, tercera y cuarta campañas de terreno del componente biótico (flora y fauna). Además de la primera a la quinta campaña del componente humano. En dichos informes, se incluyen los antecedentes geográficos relevantes para caracterizar el área de estudio, se detalla el monitoreo de la flora y fauna, se describen las actividades realizadas durante las campañas de terreno y se presentan los principales resultados del componente biótico y humano. Conforme al plan de trabajo establecido, en el Informe N°4 se resumen los resultados de la quinta campaña de medio humano y la cuarta campaña de flora y fauna, ambas realizadas en mayo de 2024. Se investigaron vacíos de información mediante entrevistas y se actualizaron análisis de flora, fauna, y vegetación. También se presentó una etnoclasificación de plantas locales, destacando su valor forrajero, y se incluyó la percepción ambiental y la etnografía de especies, recopilando tanto información botánica como conocimientos locales de la Comunidad Indígena Atacameña de Camar El estudio, así como los informes de avance, están siendo desarrollados por la Consultora Más Ambiente y Territorio SpA, seleccionada por la Comunidad de Camar y cuyo equipo cumple con los requisitos necesarios para conducir este estudio. La entidad ejecutora del estudio se encuentra trabajando directamente con la Comunidad de Camar para el levantamiento de la información en terreno. El tiempo de ejecución de este estudio ha sido definido por la selección y desarrollo del mismo, entre la Comunidad y la entidad ejecutora.
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35
Se entregará información tabulada respecto de la extracción neta de salmuera, en formato Excel, con toda la información histórica, actualizada y acumulada desde 2013 y durante toda la implementación del PdC.
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La Acción N°35 compromete recopilar y entregar información actualizada de la extracción neta de salmuera. Según lo comprometido, en el presente reporte de avance N°8 se entregan los valores mensuales de extracción neta de salmuera consolidados desde agosto de 2012 hasta el 31 de julio de 2024. Cabe señalar que, para efectos de este reporte de avance, no corresponde presentar el comprobante de remisión a la SSA del informe de extracción anual de salmuera del periodo 2023-2024 dado que dicho informe comprende el periodo transcurrido entre el 13 de agosto de 2023 y 12 de agosto de 2024, por lo que su elaboración y entrega se contempla para el segundo semestre del 2024.
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36
Entregar información respecto a los valores explícitos de extracción de agua dulce (agua industrial) de los pozos Mullay, Allana, Camar 2, Socaire y P2, desde el período 2013 y durante toda la implementación del PdC.
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En concordancia con lo requerido en el PdC para la Acción Nº36, durante el presente periodo de reporte, comprendido entre el 01 de mayo y el 31 de julio de 2024, se han realizado los registros de los valores explícitos de extracción mensual de agua industrial para los pozos Mullay 1, Allana 1, Socaire 5 y CA-2015. Cabe recordar que, conforme a la Acción N°22, el pozo Camar 2 no se encuentra operativo desde enero de 2018. Considerando lo establecido en el PdC, la entrega del consolidado de datos mensuales de extracción de agua industrial en formato Excel es de carácter semestral, por lo que se entrega en el actual reporte la información asociada al primer semestre de 2024, mientras que la data del segundo semestre de 2024 será reportada una vez que se cuente con toda la información asociada a dicho periodo. El consolidado semestral de extracciones permite verificar el cumplimiento de los caudales autorizados, durante los meses de enero a junio de 2024. Por otra parte, respecto del Informe del Plan de Seguimiento Ambiental Hidrogeológico N°35 (PSAH) que da cuenta de los monitoreos efectuados en el primer semestre de 2024, cabe señalar que éste se encuentra en elaboración, por lo que el comprobante de ingreso del informe a la plataforma del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA será presentado en los próximos reportes de avance del PdC.
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37
Incluir en el Informe de Seguimiento Hidrogeológico los resultados de la medición de los valores de nivel de los pozos L4-10, L2-27, especificados en Tabla N° 25, numeral 11.4.2 de RCA N° 226/2006, además de los valores de nivel del pozo L2-28, desde el año 2013. Los pozos corresponden al Plan de Contingencia de Vegetación Borde Este.
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La implementación de la Acción Nº37 considera incluir en el informe del Plan de Seguimiento Ambiental Hidrogeológico (PSAH) y en planilla Excel consolidada en forma semestral, los resultados de la medición de nivel de los pozos L4- 10, L2-27 y L2-28 En este sentido, durante el presente periodo a reportar, comprendido entre el 16 de mayo y el 31 de julio de 2024, se acompañan los resultados de medición de los niveles de los pozos L4-10, L2-27 y L2-28, actualizados hasta el primer semestre de 2024, mediante planilla Excel. Por su parte, es posible indicar, que el PSAH N°35, que incluirá los resultados de niveles de los pozos del primer semestre 2024, se encuentra en proceso de elaboración, por lo tanto, el informe y el comprobante de reporte de remisión a la SMA serán presentados en los próximos reportes de avances. Cabe señalar que durante el periodo informado se presentaron restricciones de acceso a distintos puntos de medición, según lo indicado en la planilla que se acompaña como medio de verificación.
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38
Entregar la información de la variable porcentual de las coberturas de las formaciones vegetales asociadas al seguimiento ambiental de la RCA 226/2006 y durante toda la implementación del PdC.
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La implementación de la Acción N°38 considera la entrega de la información de la variable porcentual de las coberturas de formaciones vegetales asociadas al seguimiento ambiental de la RCA 226/2006. La información sobre las coberturas es incluida dentro del Informe del PSAB. Al respecto, se menciona que durante el actual periodo, correspondiente al reporte de avance N°8 (comprendido entre el 16 de mayo y el 31 de julio 2024), las campañas de terreno para la toma de datos están siendo ejecutadas, por lo que el Informe anual del PSAB N°18 se encuentra en elaboración Dentro de los avances se menciona que las campañas correspondientes a enero, abril y julio del 2024 ya fueron realizadas, por lo que solamente se encuentra pendiente la programada para octubre del mismo año. De acuerdo a lo anterior, se informa que la remisión del PSAB N°18 se efectuará dentro de los plazos establecidos, de acuerdo a la reportabilidad del PdC. De esta manera, el comprobante que acredita la remisión al SSA de la SMA será presentado en los próximos reportes de avance. Por su parte, el ingreso al SSA del informe del PSAB Nº17, que consolida los monitoreos efectuados durante el año 2023, fue acreditado en el reporte de avance N°6 del PdC.
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39
Entregar a la SMA la información faltante respecto a la que fuera solicitada en la fiscalización del 27 de marzo de 2014, específicamente la correlación entre los niveles de napa, contenido de humedad de suelo y vegetación; y fotografías georreferenciadas de las parcelas de seguimiento de humedad de suelo.
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La implementación de la Acción N°39 considera la entrega a la SMA de la información de la correlación entre niveles de napa, contenidos de humedad de suelo y vegetación, y fotografías georreferenciadas de las parcelas de seguimiento de humedad de suelo. De acuerdo con lo comprometido en el PdC, para efectos de su entrega a la SMA, dicha información se debe incluir en el Informe Anual de Monitoreo de Humedad de Suelo, el cual es presentado como Anexo dentro del informe del Plan de Seguimiento Ambiental Biótico (PSAB). Respecto al presente periodo a reportar, es preciso señalar que, las campañas de terreno que obtienen todos los datos e informaciones relacionados al contenido de humedad del suelo (CHS), están siendo ejecutadas actualmente, habiéndose ejecutado hasta la fecha las campañas de enero, abril y julio 2024 y quedando por ejecutar todavía, la campaña de octubre 2024. Dado lo anterior, el informe Anual de Contenido de Humedad de Suelo como Anexo dentro del informe del Plan de Seguimiento Ambiental Biótico (PSAB) N°18, se encuentra actualmente en etapa de levantamiento de información, por lo que el comprobante de remisión al SSA de la SMA será presentado en los próximos reportes del PdC. Por su parte, el ingreso al SSA del informe del PSAB Nº17 que incluye como anexo el informe anual de Monitoreo de Humedad de Suelo 2023, con la información asociada a la presente acción, fue acreditado en el reporte de avance N°6 del PdC.
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42
Aplicar los umbrales de activación de fase I y/o II definidos para el Sistema Peine, tanto en el seguimiento del proyecto calificado mediante RCA 226/2006, como en los pozos PN-05B y PN-08A del sector Alerta Núcleo del Plan de Alerta Temprana del considerando 10.18 de la RCA Nº21/16, y las correspondientes medidas de control, cuando corresponda.
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Durante el primer semestre 2024 (enero a junio 2024), se realizaron las actividades de monitoreo y registro diario de las mediciones efectuadas a los pozos del Sistema Peine seleccionados como indicadores de estado. Dichas mediciones fueron contrastadas con los umbrales de activación establecidos por la Acción 40 del PdC. Los resultados de dichos monitoreos se presentan en el informe de seguimiento semestral del Sistema Peine, correspondiente al periodo comprendido entre enero y junio 2024, adjunto al presente reporte, el cual da cuenta que durante el primer semestre de 2024, los pozos 1028 y L10-4 han mantenido la fase I activada, situación que fue gatillada en un periodo anterior (primer semestre de 2023). A su vez, el pozo L10-11 el 26 de junio 2024 presentó niveles bajo el umbral definido para la fase II, activándose por ende esta fase para dicho pozo. Dicha activación fue debidamente informada a la SMA y a las comunidades. Asimismo, se activaron las medidas asociadas a la activación de la Fase II del Pozo L10-11, esto es la mantención de todas las medidas indicadas en Fase I, reducción del caudal de extracción de salmuera, activación de la herramienta de verificación del efecto sinérgico y la generación de un informe de investigación de efectividad de la medida de reducción de la extracción de salmuera. Es importante mencionar que para los días 10, 11, 12, 13, 14 y 23 de enero de 2024, se verificó una restricción de acceso en los tres (3) puntos de medición, esto por una movilización de la asociación indígena Consejo de Pueblos Atacameños, la cual mantuvo un bloqueo del tráfico vehicular hacia y desde la faena, según es posible constatar a partir de las cartas de aviso de la ETFA SEGEA a SQM y los avisos de contingencia cargados en la plataforma del Sistema de Seguimiento Ambiental (SSA) de la SMA por Carta GMAL N°4/2024 del 11 de enero de 2024 y Carta GMAL N°6/2024 del 18 de enero de 2024.
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43
Evaluar ambientalmente un Plan de Contingencia actualizado para el Sistema Peine.
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La implementación de la Acción N°43 considera la evaluación ambiental en el SEIA, a través de la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), de una modificación a la RCA N°226/2006, asociada a la operación minera de SQM en el Salar de Atacama, para extender la reducción de la extracción de salmuera y del suministro de agua industrial hasta el término de la vida útil del proyecto. Conforme a lo comprometido, con fecha 24 de enero de 2022 se ingresó al SEIA el EIA proyecto “Plan de Reducción de Extracciones en el Salar de Atacama”, el cual fue admitido a tramitación el 31 de enero de 2022, de acuerdo con la Res. Exenta N° 20220200138. Posteriormente, con fecha 26 de abril de 2022, se emite el primer Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones (ICSARA) mediante carta N° 202202103129. Para dar respuesta al ICSARA la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) Región de Antofagasta extendió - a solicitud del titular - en dos (2) ocasiones el plazo La primera instancia se realiza mediante Res. Ex. N° 202202001165 de julio de 2022 y la segunda extensión de plazo mediante Res. Ex. N° 202202001255 de diciembre de 2022, haciendo ingreso al SEIA de la Adenda con fecha 13 de febrero de 2023. Posteriormente, con fecha 27 de marzo de 2023 se emite el ICSARA Complementario mediante Carta N°20230210394. Para dar respuesta, el titular solicitó en dos (2) ocasiones ampliación de plazo al SEA Región de Antofagasta, los que fueron concedidos mediante Res. Ex. N° 202302001100 de junio de 2023 y Res. Ex. Nº 202302001154 de septiembre de 2023 respectivamente. La Adenda Complementaria fue ingresada al SEIA por SQM Salar S.A. el 06 de octubre de 2023. Mediante Carta 202302103346, de fecha 22 de noviembre, el SEA Antofagasta emite el ICSARA Excepcional. Para dar respuesta se extendió - a solicitud del titular - en una oportunidad el plazo, lo cual fue resuelto mediante Res. Ex. Nº 20240200127 con fecha 12 de febrero de 2024. De manera paralela, la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) Región de Antofagasta, mediante Res. Ex. N°202302001186 de fecha 20 de noviembre 2023, resuelve ampliar el plazo de 120 días para la evaluación ambiental en 60 días adicionales. A su vez, mediante Res. Ex. N°202302101780 de fecha 28 de noviembre de 2023, el SEA ordenó la realización de una nueva etapa de participación ciudadana y la apertura de un nuevo Proceso de Consulta Indígena mediante Res. Ex. N°202302101816 del 12 de diciembre de 2023. Posteriormente, el SEA Antofagasta emitió la Res. Ex. N° 202402101314 del 15 de mayo de 2024, que suspende el procedimiento de evaluación ambiental del Proyecto con el objeto de asegurar la ejecución de los Procesos de Consulta Indígena, por un plazo de 60 días hábiles, hasta el 12 de agosto de 2024. Dicha fecha se modificó mediante Resolución Exenta N °202402101510 del 09 de agosto de 2024, del SEA de Antofagasta, la cual amplía la suspensión del procedimiento de evaluación ambiental del Proyecto con el objeto de asegurar la ejecución de los Procesos de Consulta Indígena, por un plazo de 60 días hábiles adicionales, que culmina el 13 de noviembre de 2024. A la fecha de cierre del presente reporte, el procedimiento de evaluación ambiental se mantiene suspendido, de acuerdo con lo decretado por el Servicio de Evaluación Ambiental. Por otra parte, en diciembre de 2022 SQM solicitó modificar el plazo de implementación de la acción N°16, el que fue concedido mediante Res. Ex. N°39/ROL F-041-2016 de la SMA de fecha 31 de enero de 2024, siendo el nuevo plazo de ejecución el 31 de marzo de 2024, pasando esta acción a ser momentáneamente la acción de mayor duración y ampliando con ello todas las acciones asociadas a toda la vigencia del PdC. La Res. Ex. N°39/ROL F-041-2016 se acompañó como medio de verificación de la Acción N°16 en el reporte de avance N°6. Considerando estos antecedentes, el plazo para la finalización del proceso de evaluación ambiental se extenderá más allá del plazo contemplado originalmente (31 de marzo de 2024), configurándose así el impedimento N°3 previsto para las acciones N°10, 26, 43 y 50. Debido a lo anteriormente expuesto, SQM envió carta a la SMA con fecha 8 de febrero de 2024, informando la activación del impedimento N°3 de las acciones 10, 26, 43 y 50 del PdC, estimando como plazo para dar cumplimiento a las referidas acciones la fecha 12 de enero de 2025. En respuesta, la Autoridad Ambiental emitió la Res. Ex. N°40/ROL F-041-2016 de fecha 08 de abril 2024, señalando que el aviso de ocurrencia del impedimento se debe dar en los informes trimestrales, y consecuentemente, considera como efecto la extensión del plazo del PdC en tanto se continue verificando dicho impedimento. La Res. Ex. N°40/ROL F-041-2016 se acompañó como medio de verificación de la Acción N°43 en el marco del reporte de avance N°7. Junto con lo anterior, con fecha 15 de mayo de 2024, mediante Res. Ex. N°202402101314 se decreta la suspensión del procedimiento de evaluación ambiental del Proyecto con el objeto de asegurar la ejecución de los Procesos de Consulta Indígena por un plazo de 60 días hábiles. Asimismo, mediante la carta digital N°20240210912, de fecha 19 de febrero de 2024, correspondiente al Anexo de Participación Ciudadana, se había notificado la emisión del consolidado de observaciones realizadas en el segundo proceso de participación de la comunidad, el cual deberá ser integrado al expediente de la Adenda Excepcional. Lo anterior fue informado oportunamente en el Reporte de Avance N°7. De esta manera, las acciones 10, 26, 43 y 50 se configuran como las acciones de mayor duración en el PdC y modifican con ello el plazo de implementación del PdC en su conjunto. En el presente reporte trimestral se da cuenta de los avances de la tramitación ambienta del EIA durante el periodo en reporte. Al respecto, cabe indicar que mediante Resolución Exenta N°202402101510 del 09 de agosto de 2024, el SEA de Antofagasta, ordena ampliar la medida provisional de suspensión del procedimiento de evaluación ambiental acorde a lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N° 19.880, con el objeto de asegurar la ejecución de los Procesos de Consulta Indígena actualmente en desarrollo. La vigencia de esta medida es de 60 días hábiles a contar de la fecha de publicación de la Resolución anteriormente individualizada, cuyo plazo culminará el 13 de noviembre de 2024.
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46
Implementar un protocolo para el análisis de tendencia de las variables ambientales de vegetación y/o variables microambientales.
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La Acción N°46 considera la implementación de un protocolo para el análisis de tendencia de las variables ambientales de vegetación y/o variables microambientales, cuyos resultados se presentan en los informes anuales que dan cuenta del seguimiento del medio biótico del proyecto (PSAB). Respecto al presente periodo a reportar, es preciso señalar que las campañas de monitoreo del año 2024 se encuentran actualmente en ejecución. Dado lo anterior, el informe del Plan de Seguimiento Ambiental Biótico (PSAB) N°18, que incluirá los resultados de la implementación del protocolo comprometido en esta Acción, se encuentra actualmente en etapa de levantamiento de información, es decir, las campañas se encuentran en ejecución, por lo que el comprobante de remisión de este informe al SSA de la SMA será presentado en los próximos reportes de avance del PdC. Por su parte, el ingreso al SSA del informe del PSAB Nº17, que consolida los monitoreos efectuados durante el año 2023, fue acreditado en el reporte de avance N°6 del PdC.
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47
Ajustar la aplicación de los Planes de Contingencia de modo que esta se Adecúe estrictamente a los indicadores de estado (pozos y reglillas) definidos en los considerandos 11.2.1 (para el sistema Soncor), 11.3.1 (para el sistema lacustre Aguas de Quelana) y 11.4.1 (para el sistema Vegetación Borde Este) de la RCA Nº 226/2006.
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En concordancia con lo requerido en la presente Acción, a partir de diciembre de 2016, es decir, desde el Informe N°20 del Plan Seguimiento Ambiental Hidrogeológico (PSAH), y hasta la fecha del actual reporte del PdC, la evaluación e implementación de los Planes de Contingencia para los Sistema Soncor, Aguas de Quelana y Vegetación Borde Este ha sido realizada considerando la totalidad de los indicadores de estado (pozos y reglillas) incluidos en los considerandos 11.2.1, 11.3.1 y 11.4.1 de la RCA Nº226/2006, respectivamente. Los informes PSAH, y los informes trimestrales de seguimiento de los Planes de Contingencia comprometidos desde la aprobación del PdC, que acreditan la ejecución de esta Acción, han sido acompañados en los correspondientes reportes de avance. Para el presente periodo de reporte, se hace entrega del “Informe Consolidado Trimestral de Seguimiento de Plan de Contingencia – segundo trimestre 2024”, en el cual se detalla que todos los pozos indicadores de estado asociados a los Planes de Contingencia establecidos en la RCA 226/2006 fueron incluidos en el monitoreo y control ejecutado durante el periodo. Así, se evalúa el nivel de todos los pozos correspondientes a los diferentes sistemas monitoreados, a fin de dar cuenta de procesos de activación o desactivación de Fase I y II y sus correspondientes medidas asociadas.
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48
Aplicar los umbrales de activación incluidos en el considerando 11.2.1 “Indicadores de estado y valores de activación” (Sistema Soncor) de la RCA Nº226/2006.
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En concordancia con lo requerido en el PdC para la presente Acción, la implementación del Plan de Contingencia definido para el Sistema Soncor se encuentra en permanente ejecución, considerando los umbrales de activación incluidos en el considerando 11.2.1 de la RCA Nº226/2006 y sus resultados son presentados en los respectivos informes semestrales del Plan de Seguimiento Ambiental Hidrogeológico (en adelante, “PSAH”). Conforme a lo anterior, cabe señalar que el informe semestral N°34 del PSAH, que corresponde al segundo semestre de 2023, fue cargado en el SSA de la SMA e informado en el reporte de avance N°7. Por su parte, el informe semestral del Plan de Seguimiento Ambiental Hidrogeológico N°35, correspondiente al primer semestre de 2024, el cual considera los umbrales de activación de fase I y II definidos en las Tablas 17 y 18 de la RCA Nº226/2006, se encuentra en elaboración, por lo que será presentado oportunamente en los próximos reportes de avance
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49
Actualizar e implementar el procedimiento actualizado de monitoreo del Plan de Seguimiento Ambiental Hidrogeológico, de acuerdo con lo señalado en las Acciones 47 y 48.
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De acuerdo con lo establecido para la presente Acción 49, se considera la capacitación semestral del personal de SQM Salar respecto de la difusión del Procedimiento Relacionado con el Monitoreo del Plan de Seguimiento Ambiental y del Plan de Contingencia Ambiental. La capacitación correspondiente al primer semestre de 2024 fue realizada los días 21 y 22 de mayo de 2024, tal y como fue informado en el reporte de avance N°7 del PdC.
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50
Evaluar ambientalmente ajustes a los Planes de Contingencia del proyecto “Cambios y Mejoras en la Operación Minera del Salar de Atacama”.
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La implementación de la Acción N°50 considera la evaluación ambiental en el SEIA, a través de la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), de una modificación a la RCA N°226/2006, asociada a la operación minera de SQM en el Salar de Atacama, para extender la reducción de la extracción de salmuera y del suministro de agua industrial hasta el término de la vida útil del proyecto. Conforme a lo comprometido, con fecha 24 de enero de 2022 se ingresó al SEIA el EIA proyecto “Plan de Reducción de Extracciones en el Salar de Atacama”, el cual fue admitido a tramitación el 31 de enero de 2022, de acuerdo con la Res. Exenta N° 20220200138. Posteriormente, con fecha 26 de abril de 2022, se emite el primer Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones (ICSARA) mediante carta N° 202202103129. Para dar respuesta al ICSARA la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) Región de Antofagasta extendió - a solicitud del titular - en dos (2) ocasiones el plazo La primera instancia se realiza mediante Res. Ex. N° 202202001165 de julio de 2022 y la segunda extensión de plazo mediante Res. Ex. N° 202202001255 de diciembre de 2022, haciendo ingreso al SEIA de la Adenda con fecha 13 de febrero de 2023. Posteriormente, con fecha 27 de marzo de 2023 se emite el ICSARA Complementario mediante Carta N°20230210394. Para dar respuesta, el titular solicitó en dos (2) ocasiones ampliación de plazo al SEA Región de Antofagasta, los que fueron concedidos mediante Res. Ex. N° 202302001100 de junio de 2023 y Res. Ex. Nº 202302001154 de septiembre de 2023 respectivamente. La Adenda Complementaria fue ingresada al SEIA por SQM Salar S.A. el 06 de octubre de 2023. Mediante Carta 202302103346, de fecha 22 de noviembre, el SEA Antofagasta emite el ICSARA Excepcional. Para dar respuesta se extendió - a solicitud del titular - en una oportunidad el plazo, lo cual fue resuelto mediante Res. Ex. Nº 20240200127 con fecha 12 de febrero de 2024. De manera paralela, la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) Región de Antofagasta, mediante Res. Ex. N°202302001186 de fecha 20 de noviembre 2023, resuelve ampliar el plazo de 120 días para la evaluación ambiental en 60 días adicionales. A su vez, mediante Res. Ex. N°202302101780 de fecha 28 de noviembre de 2023, el SEA ordenó la realización de una nueva etapa de participación ciudadana y la apertura de un nuevo Proceso de Consulta Indígena mediante Res. Ex. N°202302101816 del 12 de diciembre de 2023. Posteriormente, el SEA Antofagasta emitió la Res. Ex. N° 202402101314 del 15 de mayo de 2024, que suspende el procedimiento de evaluación ambiental del Proyecto con el objeto de asegurar la ejecución de los Procesos de Consulta Indígena, por un plazo de 60 días hábiles, hasta el 12 de agosto de 2024. Dicha fecha se modificó mediante Resolución Exenta N °202402101510 del 09 de agosto de 2024, del SEA de Antofagasta, la cual amplía la suspensión del procedimiento de evaluación ambiental del Proyecto con el objeto de asegurar la ejecución de los Procesos de Consulta Indígena, por un plazo de 60 días hábiles adicionales, que culmina el 13 de noviembre de 2024. A la fecha de cierre del presente reporte, el procedimiento de evaluación ambiental se mantiene suspendido, de acuerdo a lo decretado por el Servicio de Evaluación Ambiental. Por otra parte, en diciembre de 2022 SQM solicitó modificar el plazo de implementación de la acción N°16, el que fue concedido mediante Res. Ex. N°39/ROL F-041-2016 de la SMA de fecha 31 de enero de 2024, siendo el nuevo plazo de ejecución el 31 de marzo de 2024, pasando esta acción a ser momentáneamente la acción de mayor duración y ampliando con ello todas las acciones asociadas a toda la vigencia del PdC. La Res. Ex. N°39/ROL F-041-2016 se acompañó como medio de verificación de la Acción N°16 en el reporte de avance N°6. Considerando estos antecedentes, el plazo para la finalización del proceso de evaluación ambiental se extenderá más allá del plazo contemplado originalmente (31 de marzo de 2024), configurándose así el impedimento N°3 previsto para las acciones N°10, 26, 43 y 50. Debido a lo anteriormente expuesto, SQM envió carta a la SMA con fecha 8 de febrero de 2024, informando la activación del impedimento N°3 de las acciones 10, 26, 43 y 50 del PdC, estimando como plazo para dar cumplimiento a las referidas acciones la fecha 12 de enero de 2025. En respuesta, la Autoridad Ambiental emitió la Res. Ex. N°40/ROL F-041-2016 de fecha 08 de abril 2024, señalando que el aviso de ocurrencia del impedimento se debe dar en los informes trimestrales, y consecuentemente, considera como efecto la extensión del plazo del PdC en tanto se continue verificando dicho impedimento. La Res. Ex. N°40/ROL F-041-2016 se acompañó como medio de verificación de la Acción N°50 en el marco del reporte de avance N°7. Junto con lo anterior, con fecha 15 de mayo de 2024, mediante Res. Ex. N°202402101314 se decreta la suspensión del procedimiento de evaluación ambiental del Proyecto con el objeto de asegurar la ejecución de los Procesos de Consulta Indígena por un plazo de 60 días hábiles. Asimismo, mediante la carta digital N°20240210912, de fecha 19 de febrero de 2024, correspondiente al Anexo de Participación Ciudadana, se había notificado la emisión del consolidado de observaciones realizadas en el segundo proceso de participación de la comunidad, el cual deberá ser integrado al expediente de la Adenda Excepcional. Lo anterior fue informado oportunamente en el Reporte de Avance N°7. De esta manera, las acciones 10, 26, 43 y 50 se configuran como las acciones de mayor duración en el PdC y modifican con ello el plazo de implementación del PdC en su conjunto. En el presente reporte trimestral se da cuenta de los avances de la tramitación ambiental del EIA durante el periodo en reporte. Al respecto, cabe indicar que mediante Resolución Exenta N°202402101510 del 09 de agosto de 2024, el SEA de Antofagasta, ordena ampliar la medida provisional de suspensión del procedimiento de evaluación ambiental acorde a lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N° 19.880, con el objeto de asegurar la ejecución de los Procesos de Consulta Indígena actualmente en desarrollo. La vigencia de esta medida es de 60 días hábiles a contar de la fecha de publicación de la Resolución anteriormente individualizada, cuyo plazo culminará el 13 de noviembre de 2024.
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51
Informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, los reportes y medios de verificación que acrediten la ejecución de las acciones comprometidas en el PdC a través de los sistemas digitales que la SMA disponga al efecto para implementar el SPDC.
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En el presente periodo de reporte corresponde dar cuenta de la carga en el sistema SPDC de la SMA, del séptimo reporte del avance del Programa de Cumplimiento, la cual se realizó con fecha 28 de mayo de 2024. Durante el proceso de carga se presentaron inconvenientes asociado a la falta de un módulo específico en el SPDC para la carga del reporte de avance N°7. No obstante, su carga al sistema pudo ser realizada con éxito dentro del módulo establecido para el reporte N°5 (de la misma forma que fuera realizado para el reporte de avance Nº6), tal como se verifica en el comprobante de envío de Reporte SPDC-2457-2024. Cabe destacar que durante el periodo la Plataforma del SPDC fue actualizada por la SMA para efectos del presente PdC, por lo que los reportes N° 6 y 7 ya han sido cargadas en los módulos correspondientes de la siguiente manera: -Reporte de Avance N°6: Comprobante de envío de Reporte SPDC-2542-2024 de fecha 28-08-2024. (También cargado anteriormente, con fecha 29-02-2024, bajo Comprobante de envío de reporte SPDC-2382-2024 en módulo de Reporte N°5). -Reporte de Avance N°7: Comprobante de envío de Reporte SPDC-2544-2024 de fecha 28-08-2024. (También cargado anteriormente, con fecha 28-05-2024, bajo Comprobante de envío de reporte SPDC-2457-2024 en módulo de Reporte N°5). Cabe señalar que los nuevos módulos de los reportes de avance N°6 y 7 permiten cargar los avances de la Acción N°33, que antes se encontraba deshabilitada en el sistema. De este modo, en ambos reportes se cargaron los respectivos avances, a la fecha correspondiente, de la acción N°33. Por otra parte, se deja constancia de que el nuevo módulo del reporte N°6 no permite cargar los avances de las Acciones N°15 y 16, que si habían sido cargados en envío de reporte SPDC-2382-2024 con fecha 29 de febrero 2024. En el caso del nuevo módulo del reporte N°7, se deja constancia de que tampoco se permite cargar los avances de las Acciones N°15 y 16 que sí se habían reportado anteriormente en envío de reporte SPDC-2457-2024 con fecha 28 de mayo 2024.
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Reportes del PdC 23

Tipo de reporte: Avance
Fecha de envío: 28-08-2024
Comprobante de envío: Descargar
Medios de verificación: Descargar
#
Estado
Fecha envío
Detalle
1
Enviado
28-01-2019
2
Enviado
12-04-2019
3
Enviado
12-07-2019
4
Enviado
14-10-2019
5
Enviado
14-01-2020
6
Enviado
15-04-2020
7
Enviado
14-07-2020
8
Enviado
24-11-2022
9
Enviado
30-11-2022
10
Enviado
28-02-2023
11
Enviado
27-05-2023
12
Enviado
28-08-2023
13
Enviado
28-11-2023
14
Enviado Fuera de Plazo
28-05-2024
15
Enviado
28-08-2024
— actual
16
Enviado Fuera de Plazo
28-08-2024
17
Enviado Fuera de Plazo
28-08-2024
18
Enviado Fuera de Plazo
28-05-2025
19
Enviado Fuera de Plazo
21-07-2025
20
Enviado Fuera de Plazo
21-07-2025
21
Enviado
28-08-2025
22
Enviado
28-11-2025
23
Enviado
27-02-2026

Sancionatorios asociados 1

Rol
Fecha formulación de cargo
Estado
Detalle
F-041-2016
28-11-2016
Programa de Cumplimiento en ejecución
1 elementos seleccionados