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Reporte de programa de cumplimiento

Reporte avance — PdC D-029-2019 · PLANTA SUGAL QUINTA DE TILCOCO

Expediente: D-029-2019 →
Fecha resolución: 23-09-2020
Fecha término: 19-01-2021
Estado PdC: En Curso
Frecuencia reporte: Trimestral
Tipo PdC: Guía PdC 2018
Unidad fiscalizable: PLANTA SUGAL QUINTA DE TILCOCO
Comuna / Región: Quinta de Tilcoco — Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

Acciones 17

N° Hecho
N° Acción
Implementación comprometida
Cumplimiento
8
Implementar la medida recomendada por la consultora tras los resultados del Estudio acústico consistente en: Barrera acústica en torres de enfriamiento.
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De conformidad a lo previsto en el Programa de Cumplimiento, a continuación se da cuenta del estado de cumplimiento de la Acción N° 8. Al respecto se hace presente, que Sugal Chile Limitada ha dado cumplimiento a la presente acción, a través de la efectiva instalación de la medida acústica consistente en Barrera acústica en torres de enfriamiento, recomendada por la consultora tras los resultados del Estudio Acústico. Lo anterior se acredita a través de las facturas y boletas que se acompañan en el presente reporte y en el Informe de Instalación de la referida medida, el que permite dar cuenta de que la medida instalada es consistente con el Estudio Acústico de referencia. De esta manera, es posible concluir que se ha dado íntegro cumplimiento a la presente acción, ello de conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N° 12, de fecha 30 de septiembre de 2020, que aprueba el presente Programa de Cumplimiento.
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9
Implementar la medida recomendada por la consultora tras los resultados del Estudio acústico consistente en: Encamisado ductos de Flash Cooler.
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De conformidad a lo previsto en el Programa de Cumplimiento, a continuación se da cuenta del estado de cumplimiento de la Acción N° 9. Al respecto se hace presente, que Sugal Chile Limitada ha dado cumplimiento a la presente acción, a través de la efectiva instalación de la medida acústica consistente en Encamisado ductos de Flash Cooler, recomendada por la consultora tras los resultados del Estudio Acústico. Lo anterior se acredita a través de las facturas y boletas que se acompañan en el presente reporte y en el Informe de Instalación de la referida medida, el que permite dar cuenta de que la medida instalada es consistente con el Estudio Acústico de referencia. De esta manera, es posible concluir que se ha dado íntegro cumplimiento a la presente acción, ello de conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N° 12, de fecha 30 de septiembre de 2020, que aprueba el presente Programa de Cumplimiento.
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10
Acreditar el cumplimiento de los límites establecidos en el D.S. N° 38/2011 MMA a través de la ejecución de una medición final conforme al mismo decreto, con el objeto de acreditar la efectividad de todas las medidas adoptadas.
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De conformidad a lo previsto en el Programa de Cumplimiento, a continuación se da cuenta del estado de cumplimiento de la Acción N° 10. Al respecto se hace presente, que Sugal Chile Limitada ha dado cumplimiento a la presente acción, acreditando la efectividad de las medidas acústicas adoptadas y el cumplimiento de los límites establecidos en el D.S. N° 38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente. Lo anterior se acredita a través de la medición llevada a cabo por la ETFA CESMEC el día 11 de diciembre de 2020, de conformidad a lo previsto en el D.S. N° 38/2011, en el mismo horario en que se constataron las superaciones (diurno y nocturno) y en la ubicación de tres receptores sensibles cercanos (R2; R5 y R7). El informe levantado por CESMEC concluye que "de acuerdo con los valores obtenidos durante el monitoreo de ruido, la totalidad de puntos no superan los niveles máximos permitidos para el período diurno y nocturno". De esta manera, es posible concluir que se ha dado íntegro cumplimiento a la presente acción, ello de conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N° 12, de fecha 30 de septiembre de 2020, que aprueba el presente Programa de Cumplimiento.
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19
Cumplir con los parámetros operacionales para el reactor biológico y el decantador.
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De conformidad a lo previsto en el Programa de Cumplimiento, a continuación se da cuenta del estado de cumplimiento de la Acción N° 19. Al respecto se hace presente que Sugal Chile Limitada mantiene un registro diario de los parámetros operacionales para el reactor biológico y decantador, de manera de verificar que estos cumplen con aquellos propuestos por el fabricante para reducir la probabilidad de olores molestos en la planta. Se acompaña como medio de verificación de avance el registro de control diario, en formato excel, de los parámetros operacionales para el reactor biológico y decantador entre el 30 de septiembre de 2020 y 24 de diciembre de 2020, ambos inclusives, y la ficha técnica con los parámetros operacionales propuestos por el fabricante para reducir la probabilidad de olores molestos en la operación de la planta.
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20
Inspección de percepción de olor en sector perimetral interno de la planta, horario am, pm y nocturno.
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De conformidad a lo previsto en el Programa de Cumplimiento, a continuación se da cuenta del estado de cumplimiento de la Acción N° 20. Al respecto se hace presente que Sugal Chile Limitada realiza rondas diarias de inspección de percepción de olor en el sector perimetral interno de la planta, en horario am, pm y nocturno. Se acompaña como medio de verificación de avance las planillas de registro de estas rondas diarias, en donde se indica entre otros: la fecha y horario de la inspección, la zona de inspección, nombre del panelista y notas de olor. Se acompañan los registros entre el 30 de septiembre de 2020 y 24 de diciembre de 2020, ambos inclusives.
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22
Participación con la comunidad con el objeto de presentar estadísticas de reclamos, eventos de olor y resultados de las mejoras de la planta.
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De conformidad a lo previsto en el Programa de Cumplimiento, a continuación se da cuenta del estado de cumplimiento de la Acción N° 22. Al respecto se hace presente que con fecha 7 de septiembre de 2020 Sugal Chile Limitada llevo a cabo una reunión con la comunidad y vecinos de Quinta de Tilcoco, en la que, entre otros temas, se presentaron las estadísticas de reclamos, eventos de olor y mejoras de la planta. Con motivo de la emergencia sanitaria asociada al COVID-19, la misma fue realizada por vía WEBINAR y transmitida por la plataforma de ZOOM, contando con la asistencia de más de 40 personas, las que tuvieron la oportunidad de realizar consultas luego de la exposición de los temas de interés. De manera previa a la reunión, se realizó la difusión de aquella a través del Municipio, Juntas de Vecinos, y redes sociales. Se acompaña en el presente reporte el listado de asistencia a la reunión, copia de las presentaciones realizadas y fotografías tomadas en la misma. De esta manera, es posible concluir que se ha dado íntegro cumplimiento a la presente acción, ello de conformidad con lo establecido en la Resolución Exenta N° 12, de fecha 30 de septiembre de 2020, que aprueba el presente Programa de Cumplimiento.
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23
Capacitación de personal de Sugal basados en la normativa metodológica NCh3190:2010 Calidad del aire-Determinación de olor por olfatometría dinámica. La capacitación será de forma teórica y práctica.
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De conformidad a lo previsto en el Programa de Cumplimiento, a continuación se da cuenta del estado de cumplimiento de la Acción N° 23. Al respecto se hace presente que Sugal Chile Limitada contrató a una empresa especializada en materias de medición de olores (Envirometrika, TSG Environmental), la que capacitó al personal de Sugal en la normativa metodológica NCh3190:2010 Calidad del aire – Determinación de olor por olfatometría dinámica, de manera de mejorar el seguimiento de olores y rondas odorantes. En este sentido durante el mes de noviembre y diciembre se llevaron a cabo las capacitaciones, las que fueron efectuadas tanto en forma teórica como práctica. Se acompaña en el presente reporte el listado de asistencia a las capacitaciones, copia de las presentaciones realizadas y fotografías tomadas en las mismas. De esta manera, es posible concluir que se ha dado íntegro cumplimiento a la presente acción, ello de conformidad con lo establecido en la Resolución Exenta N° 12, de fecha 30 de septiembre de 2020, que aprueba el presente Programa de Cumplimiento.
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24
Mantener stock de productos químicos como medida de contingencia para el control de eventos de olor.
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De conformidad a lo previsto en el Programa de Cumplimiento, a continuación se da cuenta del estado de cumplimiento de la Acción N° 24. Al respecto se hace presente que Sugal Chile Limitada ha comenzado a dar cumplimiento a la presente acción manteniendo en stock las toneladas previstas de cloruro férrico y nitrato de calcio como medida de contingencia para el control de eventos de olor. Lo anterior se acredita mediante la planilla con registro semanal del stock disponible de los productos y con las facturas o boletas por el pago de los productos químicos. Aquello permite concluir que el titular se encuentra dando cumplimiento a la presente acción.
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25
Elaboración de Protocolo que describa procedimiento interno de comunicación con la comunidad para dar respuesta a sus sugerencias y/o reclamos ante eventos de olor.
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De conformidad a lo previsto en el Programa de Cumplimiento, a continuación se da cuenta del estado de cumplimiento de la Acción N° 25. Al respecto se hace presente que Sugal Chile Limitada elaboró un Protocolo denominado "Procedimiento de Gestión de Sugerencias y Resolución de Conflictos", que describe el procedimiento interno de comunicación con la comunidad para dar respuesta a sus sugerencias y/o reclamos ante eventos de olor. Dicho protocolo fue entregado a todos los receptores sensibles cercanos, explicando el contenido del mismo, con especial énfasis en la forma de presentar denuncias por olores molestos ante eventos de olor y en los canales de comunicación disponibles en la empresa para dicho cometido. Se hace presente que a la fecha no se han recepcionado denuncias o quejas que haya generado la activación del protocolo que se define en dicho documento. En este sentido, el proceso se inicia a través de la Recepción de una sugerencia o reclamo por alguno de los canales de comunicación que se establecen, lo que a la fecha de este Reporte no ha ocurrido y por lo cual el Registro de solicitudes se encuentra sin ingresos en el periodo que se reporta. Se acompaña el Protocolo firmado por la jefatura correspondiente, fotografías fechadas y georeferenciadas que dan cuenta de la efectiva entrega del mismo a los receptores sensibles cercanos y el listado de registro firmado de la entrega del documento. De esta manera, es posible concluir que se ha dado íntegro cumplimiento a la presente acción, ello de conformidad con lo establecido en la Resolución Exenta N° 12, de fecha 30 de septiembre de 2020, que aprueba el presente Programa de Cumplimiento.
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31
No disponer lodos dentro del terreno de Sugal Chile Ltda. Esta Acción también se hace cargo del Hecho Infraccional N° 2, en particular, sobre el efecto olores molestos.
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De conformidad a lo previsto en el Programa de Cumplimiento, a continuación se da cuenta del estado de cumplimiento de la Acción N° 31. Al respecto se hace presente que Sugal Chile Limitada no dispone lodos dentro de su terreno, lo que se acredita a través de la planilla de registro diario de control de pesaje y despacho de lodos, que da cuenta de los registros desde el 13 de enero de 2019 al 24 de diciembre de 2020, ambas fechas inclusive, y en las fotografías fechadas y georeferenciadas del sector del terreno de Sugal donde históricamente se disponían los lodos. Aquello permite concluir que el titular se encuentra dando cumplimiento a la presente acción.
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32
Obtención de un certificado emitido por el SAG mediante el cual acredite que los planes de aplicación de lodos de los años 2016, 2018 y 2019 fueron recepcionados sin observaciones.
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De conformidad a lo previsto en el Programa de Cumplimiento, a continuación se da cuenta del estado de cumplimiento de la Acción N° 32. Al respecto se hace presente, que Sugal Chile Limitada ha dado pleno cumplimiento a la presente acción. Así, con fecha 19 de diciembre de 2019, fue solicitado al SAG la emisión de un certificado mediante el cual se acreditara que los planes de los años 2016, 2018 y 2019 fueron recepcionados sin observaciones. Aquello fue reiterado mediante presentación de fecha 28 de abril de 2020. A través de la Carta N° 562/2020, de 24 de mayo de 2020, se respondieron dichas solicitudes, haciendo referencia a los Planes de Aplicación de Lodos de los años 2017, 2018, 2019 y 2020, pero omitiendo referirse al presentado el año 2016, el cual había sido incluido en la solicitud original. Es por lo anterior, que mediante presentación de fecha 26 de junio de 2020, se solicitó al SAG complementar el pronunciamiento realizado en la Carta N° 562/2020, de manera de pronunciarse respecto del Plan del 2016. Finalmente, a través de la Carta N° 796/2020, de 4 de agosto de 2020, el SAG emite su pronunciamiento respecto de la recepción del Plan de año 2016. Además de las presentaciones antes mencionadas, aquello fue complementado con sendas comunicaciones sostenidas por correo electrónico con las autoridades del SAG con la finalidad de lograr la emisión de los pronunciamientos respectivos. Se acompañan como medio de verificaciones las presentaciones realizadas, las respuestas del organismo y las comunicaciones sostenidas con el mismo. De esta manera, es posible concluir que se ha dado íntegro cumplimiento a la presente acción, ello de conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N° 12, de fecha 30 de septiembre de 2020, que aprueba el presente Programa de Cumplimiento.
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38
Registro permanente de caudalímetro de manera asegurar que el caudal de entrada a la Planta de Tratamiento de RILes no supere los parámetros de diseños de acuerdo a la RCA N° 258/2006, vale decir: 1.100 m3/hora y 26.400 m3/día.
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De conformidad a lo previsto en el Programa de Cumplimiento, a continuación se da cuenta del estado de cumplimiento de la Acción N° 38. Al respecto se hace presente que Sugal Chile Limitada mantiene registro permanente por hora y diario del caudalímetro, de manera que se asegura que el caudal de entrada a la PTRiles no supera los parámetros de diseño de la RCA N° 258/2006. Se acompaña como medio de verificación de avance la planilla de registro por hora y a diario del caudal de entrada a la PTRiles.
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49
Monitoreo diario del efluente de la Planta de Tratamiento de RILes aprobada mediante la RCA N° 258/2006.
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De conformidad a lo previsto en el Programa de Cumplimiento, a continuación se da cuenta del estado de cumplimiento de la Acción N° 49. Al respecto se hace presente que Sugal Chile Limitada mantiene un registro diario del efluente (pH, Caudal y Temperatura) de la PTRiles aprobada a través de la RCA N° 258/2006. Se acompaña como medio de verificación de avance la planilla de registro diario.
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50
Capacitar al personal del área de cumplimiento ambiental para subir al sistema RETC los informes de autocontrol según la periodicidad y frecuencia estipulada en la R.E. N° 1087/2017 SMA.
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De conformidad a lo previsto en el Programa de Cumplimiento, a continuación se da cuenta del estado de cumplimiento de la Acción N° 50. Al respecto se hace presente que Sugal Chile Limitada ha realizado capacitaciones para su personal del departamento de cumplimiento ambiental en materia de cumplimiento del D.S. N°90/2000 y del Programa de Monitoreo de la empresa. En específico en dichas capacitaciones fueron tratados los siguientes temas: (1) Breve referencia al procedimiento de cumplimiento del D.S. N°90/2000 y a la Resolución de Programa de Monitoreo de Sugal. Énfasis en su finalidad, obligaciones y plazos; (2) Breve referencia a la plataforma del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC); ¿Qué es? Y ¿Cómo opera?; (3) Introducción al RETC 2.0, explicación de Clave Única, definición de roles, entre otros; (4) Ingreso a Sistema Sectorial –Fiscalización Riles; (5) Simulación de ingreso de Nuevo Autocontrol; (6) Reconocimiento e Ingreso Nuevo Autocontrol; (7) Certificados de envío de Autocontrol y Mantención de Registros. Todos estos temas se vieron apoyados con soporte digital, haciendo ingreso en la misma presentación al sitio web del RETC, simulando la carga de información. A la fecha se han llevado a cabo dos capacitaciones al incio de cada temporada, una con fecha 27 de diciembre de 2019 y otra con fecha 24 de noviembre de 2020. La última capacitación, por el contexto asociado al COVID-19, fue realizada con dos participantes de manera presencial y con el resto de manera remota (vía Teams). Se acompaña en el presente reporte el listado de asistencia a las capacitaciones, copia de las presentaciones realizadas y fotografías tomadas en las mismas. De esta manera, es posible concluir que se ha dado íntegro cumplimiento a la presente acción, ello de conformidad con lo establecido en la Resolución Exenta N° 12, de fecha 30 de septiembre de 2020, que aprueba el presente Programa de Cumplimiento.
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53
Capacitar al personal del área de cumplimiento ambiental para subir al sistema RETC los informes de autocontrol según la periodicidad y frecuencia estipulada en la R.E. N° 1087/2017 SMA.
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De conformidad a lo previsto en el Programa de Cumplimiento, a continuación se da cuenta del estado de cumplimiento de la Acción N° 53. Al respecto se hace presente que Sugal Chile Limitada ha realizado capacitaciones para su personal del departamento de cumplimiento ambiental en materia de cumplimiento del D.S. N°90/2000 y del Programa de Monitoreo de la empresa. En específico en dichas capacitaciones fueron tratados los siguientes temas: (1) Breve referencia al procedimiento de cumplimiento del D.S. N°90/2000 y a la Resolución de Programa de Monitoreo de Sugal. Énfasis en su finalidad, obligaciones y plazos; (2) Breve referencia a la plataforma del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC); ¿Qué es? Y ¿Cómo opera?; (3) Introducción al RETC 2.0, explicación de Clave Única, definición de roles, entre otros; (4) Ingreso a Sistema Sectorial –Fiscalización Riles; (5) Simulación de ingreso de Nuevo Autocontrol; (6) Reconocimiento e Ingreso Nuevo Autocontrol; (7) Certificados de envío de Autocontrol y Mantención de Registros. Todos estos temas se vieron apoyados con soporte digital, haciendo ingreso en la misma presentación al sitio web del RETC, simulando la carga de información. A la fecha se han llevado a cabo dos capacitaciones al incio de cada temporada, una con fecha 27 de diciembre de 2019 y otra con fecha 24 de noviembre de 2020. La última capacitación, por el contexto asociado al COVID-19, fue realizada con dos participantes de manera presencial y con el resto de manera remota (vía Teams). Se acompaña en el presente reporte el listado de asistencia a las capacitaciones, copia de las presentaciones realizadas y fotografías tomadas en las mismas. De esta manera, es posible concluir que se ha dado íntegro cumplimiento a la presente acción, ello de conformidad con lo establecido en la Resolución Exenta N° 12, de fecha 30 de septiembre de 2020, que aprueba el presente Programa de Cumplimiento.
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56
Capacitar al personal del área de cumplimiento ambiental para subir al sistema RETC los Informes Isocinéticos de emisiones de MP y para remitir información asociada a horas de funcionamiento de los grupos electrógenos.
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De conformidad a lo previsto en el Programa de Cumplimiento, a continuación se da cuenta del estado de cumplimiento de la Acción N° 56. Al respecto se hace presente que Sugal Chile Limitada ha realizado capacitaciones para su personal del departamento de cumplimiento ambiental en materia de cumplimiento del D.S. N° 15/2013, Plan de Descontaminación Atmosférica para el Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins. En específico en dichas capacitaciones fueron tratados los siguientes temas: (1) Breve referencia al procedimiento de cumplimiento del D.S. N° 15/2013, Plan de Descontaminación Atmosférica para el Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins y a la Res. Ex. N° 164/2016, de la SMA, Dicta Instrucciones Generales sobre la forma y modo de presentación de los reportes de emisión para las fuentes fijas reguladas por el Plan de Descontaminación Atmosférica del Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo O`Higgins. Énfasis en su finalidad, obligaciones y plazos.; (2) Breve referencia a la plataforma del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC); ¿Qué es? Y ¿Cómo opera?; (3) Introducción al RETC 2.0, explicación de Clave Única, definición de roles, entre otros; (4) Ingreso a Sistema Sectorial – Sistema de Seguimiento Atmosférico SISAT; (5) Reporte respecto de calderas; (6) Reporte respecto de Grupos electrógenos; (7) Certificado de envío de información y Mantención de Registros. Todos estos temas se vieron apoyados con soporte digital, haciendo ingreso en la misma presentación al sitio web del RETC, simulando la carga de información. A la fecha se han llevado a cabo dos capacitaciones al incio de cada temporada, una con fecha 27 de diciembre de 2019 y otra con fecha 24 de noviembre de 2020. La última capacitación, por el contexto asociado al COVID-19, fue realizada con dos participantes de manera presencial y con el resto de manera remota (vía Teams). Se acompaña en el presente reporte el listado de asistencia a las capacitaciones, copia de las presentaciones realizadas y fotografías tomadas en las mismas. De esta manera, es posible concluir que se ha dado íntegro cumplimiento a la presente acción, ello de conformidad con lo establecido en la Resolución Exenta N° 12, de fecha 30 de septiembre de 2020, que aprueba el presente Programa de Cumplimiento.
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59
Informar a la Superintendencia del Medio Ambiente los reportes y medios de verificación que acrediten la ejecución de las acciones contempladas en el Programa de Cumplimiento.
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De conformidad a lo previsto en el Programa de Cumplimiento, a continuación se da cuenta del estado de cumplimiento de la Acción N° 59. Al respecto se hace presente que Sugal Chile Limitada, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la aprobación del Programa de Cumplimiento, cargó el Programa de Cumplimiento a través de la plataforma electrónica SPDC. Este fue validado por el fiscal instructor el día 16 de octubre de 2020. Asimismo, con fecha 9 de noviembre del presente, fue cargado el Reporte Inicial del Programa de Cumplimiento, de manera que es posible concluir que se ha dado íntegro cumplimiento a la presente acción, ello de conformidad con lo establecido en la Resolución Exenta N° 12, de fecha 30 de septiembre de 2020, que aprueba el presente Programa de Cumplimiento.
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Reportes del PdC 3

Tipo de reporte: Avance
Fecha de envío: 29-12-2020
Comprobante de envío: Descargar
Medios de verificación: Descargar
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Estado
Fecha envío
Detalle
1
Enviado
09-11-2020
2
Enviado
29-12-2020
— actual
3
Enviado
18-01-2021

Sancionatorios asociados 1

Rol
Fecha formulación de cargo
Estado
Detalle
D-029-2019
15-03-2019
Terminado - PDC Satisfactorio
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