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Reporte de programa de cumplimiento

Reporte final — PdC D-020-2018 · PTAS PANGUIPULLI

Expediente: D-020-2018 →
Fecha resolución: 24-07-2018
Fecha término: 02-03-2020
Estado PdC: En Curso
Frecuencia reporte: Trimestral
Tipo PdC: Guía PdC 2016
Unidad fiscalizable: PTAS PANGUIPULLI
Comuna / Región: Panguipulli — Región de Los Ríos

Acciones 7

N° Hecho
N° Acción
Implementación comprometida
Cumplimiento
3
Informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, los reportes y medios de verificación que acrediten la ejecución de las acciones compren didas en el Plan de cumplimiento a través de los sistemas digitales que la SMA disponga al efecto para implementar el SDPC. Meta: Informar a la SMA por la plataforma digital del SDPC
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En la ejecución del Programa de Cumplimiento (PdC), referido al Rol D-20-2018, han acontecido diversas situaciones, las que decantaron en la extensión de los plazos del PdC. Prueba de ello se manifiesta en la Res. Ex. Nº11/ROL D-020-2018, en donde se valida el PdC refundido de la presente unidad fiscalizable denominada Planta de Tratamiento de Aguas Servidas Panguipulli (o PTAS Panguipulli). Esta ampliación dice relación con la presentación a evaluación ambiental del proyecto "Ampliación y Mejoramiento del sistema de recolección y tratamiento de las aguas servidas de Panguipulli", que en un principio sería ingresado mediante una Declaración de Impacto Ambiental, pero que finalmente por gestiones del entorno del proyecto, se consideró el ingreso mediante un Estudio de Impacto Ambiental (EIA). De esta manera se configura la primera ampliación de plazos del PdC, encontrándose este sujeto al término de la evaluación ambiental, mediante sus acciones nº 21 y 22. Posterior a lo anterior, el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), determinó que las consultas de pertinencia de ingreso, relativas a las actividades de instalación del estanque de tormenta y reja mecánica, debían ingresar a tramitación ambiental. Esto implica que, una vez culminada (favorablemente) la tramitación ambiental, será posible realizar las acciones relativas al estanque de tormentas y la reja mecánica (acción 18 y 20, respectivamente). Ante tal situación Essal incorpora esta infraestructura al EIA (mencionado en el párrafo precedente) y realiza gestiones con la División de Fiscalización de la SMA (región de los Ríos), para alertar que los plazos comprometidos para el término del PdC, no podrán llevarse a cabo, debido a los requerimientos y tiempos de la institución destinada a la evaluación ambiental. Adicional a lo anterior, se incorpora la situación de Pandemia por Covid 19 que aqueja al país, en donde el SEA ha suspendido los plazos de la tramitación del EIA.
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4
Entrega de los reportes y medios de verificación a través de oficina de partes de la SMA Meta: Mantener informada a la SMA sobre los avances
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En la ejecución del Programa de Cumplimiento (PdC), referido al Rol D-20-2018, han acontecido diversas situaciones, las que decantaron en la extensión de los plazos del PdC. Prueba de ello se manifiesta en la Res. Ex. Nº11/ROL D-020-2018, en donde se valida el PdC refundido de la presente unidad fiscalizable denominada Planta de Tratamiento de Aguas Servidas Panguipulli (o PTAS Panguipulli). Esta ampliación dice relación con la presentación a evaluación ambiental del proyecto "Ampliación y Mejoramiento del sistema de recolección y tratamiento de las aguas servidas de Panguipulli", que en un principio sería ingresado mediante una Declaración de Impacto Ambiental, pero que finalmente por gestiones del entorno del proyecto, se consideró el ingreso mediante un Estudio de Impacto Ambiental (EIA). De esta manera se configura la primera ampliación de plazos del PdC, encontrándose este sujeto al término de la evaluación ambiental, mediante sus acciones nº 21 y 22. Posterior a lo anterior, el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), determinó que las consultas de pertinencia de ingreso, relativas a las actividades de instalación del estanque de tormenta y reja mecánica, debían ingresar a tramitación ambiental. Esto implica que, una vez culminada (favorablemente) la tramitación ambiental, será posible realizar las acciones relativas al estanque de tormentas y la reja mecánica (acción 18 y 20, respectivamente). Ante tal situación Essal incorpora esta infraestructura al EIA (mencionado en el párrafo precedente) y realiza gestiones con la División de Fiscalización de la SMA (región de los Ríos), para alertar que los plazos comprometidos para el término del PdC, no podrán llevarse a cabo, debido a los requerimientos y tiempos de la institución destinada a la evaluación ambiental. Adicional a lo anterior, se incorpora la situación de Pandemia por Covid 19 que aqueja al país, en donde el SEA ha suspendido los plazos de la tramitación del EIA.
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Educación ambiental enfocada en el correcto uso del alcantarillado Meta: Mantener a la ciudadanía educada respecto al correcto uso del alcantarillado, de modo de incentivar que eliminen sun ingresos de aguas lluvias y napas del alcantarillado.
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En la ejecución del Programa de Cumplimiento (PdC), referido al Rol D-20-2018, han acontecido diversas situaciones, las que decantaron en la extensión de los plazos del PdC. Prueba de ello se manifiesta en la Res. Ex. Nº11/ROL D-020-2018, en donde se valida el PdC refundido de la presente unidad fiscalizable denominada Planta de Tratamiento de Aguas Servidas Panguipulli (o PTAS Panguipulli). Esta ampliación dice relación con la presentación a evaluación ambiental del proyecto "Ampliación y Mejoramiento del sistema de recolección y tratamiento de las aguas servidas de Panguipulli", que en un principio sería ingresado mediante una Declaración de Impacto Ambiental, pero que finalmente por gestiones del entorno del proyecto, se consideró el ingreso mediante un Estudio de Impacto Ambiental (EIA). De esta manera se configura la primera ampliación de plazos del PdC, encontrándose este sujeto al término de la evaluación ambiental, mediante sus acciones nº 21 y 22. Posterior a lo anterior, el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), determinó que las consultas de pertinencia de ingreso, relativas a las actividades de instalación del estanque de tormenta y reja mecánica, debían ingresar a tramitación ambiental. Esto implica que, una vez culminada (favorablemente) la tramitación ambiental, será posible realizar las acciones relativas al estanque de tormentas y la reja mecánica (acción 18 y 20, respectivamente). Ante tal situación Essal incorpora esta infraestructura al EIA (mencionado en el párrafo precedente) y realiza gestiones con la División de Fiscalización de la SMA (región de los Ríos), para alertar que los plazos comprometidos para el término del PdC, no podrán llevarse a cabo, debido a los requerimientos y tiempos de la institución destinada a la evaluación ambiental. Adicional a lo anterior, se incorpora la situación de Pandemia por Covid 19 que aqueja al país, en donde el SEA ha suspendido los plazos de la tramitación del EIA.
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Identificar y desconectar ingresos de aguas lluvias y/o de napas a la red de alcantarillado. Meta: Disminuir el ingreso de aguas lluvias y de napas a la red de alcantarillado. Esto permitirá reducir el uso de los aliviaderos de emergencia, lo cual permitirá disminuir los eventuales efectos sobre el lago, tanto en su calidad de las aguas expresada en terminos de la transparencia como del contenido de fosforo en sus sedimentos.
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En la ejecución del Programa de Cumplimiento (PdC), referido al Rol D-20-2018, han acontecido diversas situaciones, las que decantaron en la extensión de los plazos del PdC. Prueba de ello se manifiesta en la Res. Ex. Nº11/ROL D-020-2018, en donde se valida el PdC refundido de la presente unidad fiscalizable denominada Planta de Tratamiento de Aguas Servidas Panguipulli (o PTAS Panguipulli). Esta ampliación dice relación con la presentación a evaluación ambiental del proyecto "Ampliación y Mejoramiento del sistema de recolección y tratamiento de las aguas servidas de Panguipulli", que en un principio sería ingresado mediante una Declaración de Impacto Ambiental, pero que finalmente por gestiones del entorno del proyecto, se consideró el ingreso mediante un Estudio de Impacto Ambiental (EIA). De esta manera se configura la primera ampliación de plazos del PdC, encontrándose este sujeto al término de la evaluación ambiental, mediante sus acciones nº 21 y 22. Posterior a lo anterior, el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), determinó que las consultas de pertinencia de ingreso, relativas a las actividades de instalación del estanque de tormenta y reja mecánica, debían ingresar a tramitación ambiental. Esto implica que, una vez culminada (favorablemente) la tramitación ambiental, será posible realizar las acciones relativas al estanque de tormentas y la reja mecánica (acción 18 y 20, respectivamente). Ante tal situación Essal incorpora esta infraestructura al EIA (mencionado en el párrafo precedente) y realiza gestiones con la División de Fiscalización de la SMA (región de los Ríos), para alertar que los plazos comprometidos para el término del PdC, no podrán llevarse a cabo, debido a los requerimientos y tiempos de la institución destinada a la evaluación ambiental. Adicional a lo anterior, se incorpora la situación de Pandemia por Covid 19 que aqueja al país, en donde el SEA ha suspendido los plazos de la tramitación del EIA.
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Evaluación de Impacto Ambiental, a través del instrumento de calificación ambiental correspondiente a un EIA, el proyecto de ampliación de la planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS), mejoras de la capacidad de bombeo de las PEAS e incorporacion de una tercera Peas en la parte baja de la ciudad, y regularización de las obras existentes, unidades de pretratamiento, segundo reactor de lodos activados, bypass y aliviaderos de tormenta de las PEAS Meta: Aumentar la capacidad de bombeo de las PEAS y la capacidad de tratamiento de las PTAS para elevar y tratar aguas mixtas, disminuyendo el uso de los aliviaderos de emergencia, evaluando ambientalmente el proyecto existente, incluido el pretratamiento y el segundo reactor biológico, junto con la ampliación de la planta de tratamiento. De este modo, se disminuirá la frecuencia de activación de los aliviaderos de emergencia, mejorando de este modo, la calidad de las aguas del lago medido en terminios de su transparencia en el area de influencia de las descargas, y se reducirá la carga orgánica, lo cual disminuirá la acumulación de fosforo en sus sedimentos, mejorando su potencial redox.
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En la ejecución del Programa de Cumplimiento (PdC), referido al Rol D-20-2018, han acontecido diversas situaciones, las que decantaron en la extensión de los plazos del PdC. Prueba de ello se manifiesta en la Res. Ex. Nº11/ROL D-020-2018, en donde se valida el PdC refundido de la presente unidad fiscalizable denominada Planta de Tratamiento de Aguas Servidas Panguipulli (o PTAS Panguipulli). Esta ampliación dice relación con la presentación a evaluación ambiental del proyecto "Ampliación y Mejoramiento del sistema de recolección y tratamiento de las aguas servidas de Panguipulli", que en un principio sería ingresado mediante una Declaración de Impacto Ambiental, pero que finalmente por gestiones del entorno del proyecto, se consideró el ingreso mediante un Estudio de Impacto Ambiental (EIA). De esta manera se configura la primera ampliación de plazos del PdC, encontrándose este sujeto al término de la evaluación ambiental, mediante sus acciones nº 21 y 22. Posterior a lo anterior, el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), determinó que las consultas de pertinencia de ingreso, relativas a las actividades de instalación del estanque de tormenta y reja mecánica, debían ingresar a tramitación ambiental. Esto implica que, una vez culminada (favorablemente) la tramitación ambiental, será posible realizar las acciones relativas al estanque de tormentas y la reja mecánica (acción 18 y 20, respectivamente). Ante tal situación Essal incorpora esta infraestructura al EIA (mencionado en el párrafo precedente) y realiza gestiones con la División de Fiscalización de la SMA (región de los Ríos), para alertar que los plazos comprometidos para el término del PdC, no podrán llevarse a cabo, debido a los requerimientos y tiempos de la institución destinada a la evaluación ambiental. Adicional a lo anterior, se incorpora la situación de Pandemia por Covid 19 que aqueja al país, en donde el SEA ha suspendido los plazos de la tramitación del EIA.
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Programa de monitoreo de las descargas en la bahia del Lago Panguipulli, en la ciudad de Panguipulli. Meta: Analizar la calidad de las aguas descargadas por otras fuentes diferentes a los aliviaderos de emergencia.
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Programa de monitoreo de la biota en la bahía del Lago de la ciudad de Panguipulli Meta: Analizar la biota de la bahía del Lago de la ciudad de Panguipulli
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Reportes del PdC 31

Tipo de reporte: Final
Fecha de envío: 30-10-2020
Comprobante de envío: Descargar
Medios de verificación: Descargar
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Estado
Fecha envío
Detalle
1
Enviado
13-11-2018
2
Enviado
13-11-2018
3
Enviado
13-02-2019
4
Enviado
13-05-2019
5
Enviado
13-08-2019
6
Enviado Fuera de Plazo
14-11-2019
7
Enviado
04-02-2020
8
Enviado
13-05-2020
9
Enviado
13-08-2020
10
Enviado
30-10-2020
— actual
11
Enviado
12-02-2021
12
Enviado
13-05-2021
13
Enviado
13-08-2021
14
Enviado
12-11-2021
15
Enviado
11-02-2022
16
Enviado
13-05-2022
17
Enviado Fuera de Plazo
13-12-2022
18
Enviado
13-02-2023
19
Enviado Fuera de Plazo
16-06-2025
20
Enviado Fuera de Plazo
16-06-2025
21
Enviado Fuera de Plazo
16-06-2025
22
Enviado Fuera de Plazo
16-06-2025
23
Enviado Fuera de Plazo
16-06-2025
24
Enviado Fuera de Plazo
16-06-2025
25
Enviado Fuera de Plazo
16-06-2025
26
Enviado Fuera de Plazo
16-06-2025
27
Enviado Fuera de Plazo
16-06-2025
28
Enviado
13-08-2025
29
Enviado
13-11-2025
30
Enviado
13-02-2026
31
Enviado
13-05-2026

Sancionatorios asociados 1

Rol
Fecha formulación de cargo
Estado
Detalle
D-020-2018
26-03-2018
Programa de Cumplimiento en ejecución
1 elementos seleccionados